El sentimiento generalizado entre los profesionales del derecho de Pontevedra es que la reforma legal se queda corta, que «llega tarde, mal y a rastras», en palabras del decano de los jueces pontevedreses y titular del Juzgado de Primera Instancia número 2, Ignacio de Frías Conde. Entre otras cuestiones, la ley únicamente «establece un parámetro» para los intereses de demora, que «no podrán ser superiores a tres veces el interés legal del dinero y solo podrán devengarse sobre el principal pendiente de pago».
De Frías añadió que «la lástima es que este tipo de parámetros no se establezca para otro tipo de supuestos». Es el caso de las cláusulas suelo y techo, a las que la nueva ley apenas hace una mínima referencia para señalar, «en lugar de hablar de abusividad», que el que contrae una hipoteca debe hacer constar por escrito y ante un notario que es consciente y ha sido advertido de la existencia de estas disposiciones. Ante esta evidencia, se aguarda a que sea la jurisprudencia del Supremo la que finalmente determine si tales cláusulas son o no abusivas per se. Por su parte, el secretario judicial del servicio de notificaciones y embargos de Pontevedra destacó que, por primera vez, en los lanzamientos hipotecarios «se tiene que revisar de oficio si existen estas cláusulas».