Galicia aplicará desde enero el tipo máximo del impuesto especial
12 oct 2013 . Actualizado a las 07:00 h.Apareció hace justo diez años. Y ya se quedó para siempre. El Gobierno de Manuel Fraga instauró en enero del 2004 el conocido como céntimo sanitario, que hasta entonces solo aplicaba la Comunidad de Madrid.
¿Para qué sirve el céntimo sanitario?
Para recaudar y financiar gastos de la sanidad pública. Formalmente es el tipo autonómico del impuesto de ventas minoristas de determinados hidrocarburos, incorporado desde enero en el impuesto especial de hidrocarburos.
¿Existe el céntimo sanitario en todas las comunidades?
No. Aragón, La Rioja y el País Vasco no aplican el impuesto. Todas las demás lo tienen instaurado, aunque en tipos diferentes.
¿Cuánto es el impuesto en las autonomías que lo aplican?
En esta última década, la Xunta ha mantenido los mismos tipos impositivos (2,4 céntimos por litro de gasolina y 1,2, el de gasoil), pero al final ha decidido subirse a la ola en la que ya cabalgan casi todas las comunidades y aplicar a los carburantes el tipo máximo: 4,8 céntimos el litro. Se sumará en enero a un equipo integrado ya por Castilla y León, Andalucía, Extremadura, Valencia, Castilla-La Mancha, Cataluña, Murcia y Cantabria. Asturias también aplica el máximo para la gasolina, pero el litro de gasoil está gravado con 0,040 euros. Madrid fue la primera en instaurarlo y mantiene el tipo más bajo (0,017 euros), mientras que Navarra grava los carburantes con 0,024 euros.
¿Ha habido otras subidas recientes de impuestos en los carburantes?
Pues sí. Aumento del IVA aparte, en enero pasado los carburantes se encarecieron unos céntimos porque el Gobierno decidió suprimir la exención fiscal de la que hasta entonces disfrutaban los biocarburantes. Desde enero, estos tributan como los carburantes normales. Esto influye en el precio para repostar porque es obligatorio incorporar a gasolina y gasoil un porcentaje mínimo de biodiésel y bioetanol.
¿Qué peso tienen los impuestos en el precio de los carburantes?
Pues aproximadamente el 50 % de lo que paga el conductor por llenar un depósito se diluye en tributos. En IVA y en impuestos especiales varios (tipo estatal general, estatal especial y autonómico). Otro 10 % de lo que cuesta repostar se va en costes de logística y aquí entran también los beneficios de las petroleras, según la Asociación Española de Operadores de Productos Petrolíferos (AOP). Todo lo demás es el coste de los combustibles, que en teoría está determinado por las cotizaciones internacionales del petróleo, entre otros. Pero la Comisión Nacional de la Energía y la de Competencia (ya desaparecidas) han puesto en evidencia durante el último año que las petroleras fijan precios a su libre albedrío. Famoso es el efecto lunes: ese día se abarataban los combustibles de forma misteriosa en todas las gasolineras.