Los dueños de edificios abandonados pagarán un canon desde enero del 2020

maría santalla REDACCIÓN / LA VOZ

GALICIA

El barrio de A Tinería en Lugo se está rehabilitando a través del plan Rexurbe
El barrio de A Tinería en Lugo se está rehabilitando a través del plan Rexurbe ÓSCAR CELA

La ley que tramita la Xunta prevé reinvertir el dinero recaudado en rehabilitación

12 ene 2019 . Actualizado a las 05:00 h.

La Xunta había anunciado su intención de habilitar un canon que gravase las edificaciones abandonadas. Esa intención dejará de serlo en cuanto entre en vigor la ley de rehabilitación que el Ejecutivo autonómico aprobó este jueves como paso previo a su tramitación parlamentaria. La ley recoge ese canon para inmuebles en estado de abandono y pone fecha para su aplicación: el 1 de enero del 2020. A partir de ese día, además del procedimiento que permitirá expropiar casas en ruinas a la mitad de su valor catastral estará vigente ese nuevo impuesto que gravará los inmuebles que se declaren en estado de abandono dentro de las llamadas áreas Rexurbe (áreas de rexeneración urbana de interese autonómico), que de momento existen en Betanzos, Ferrol, Lugo y Ourense.

Este impuesto se utilizará para financiar actuaciones de rehabilitación en esas áreas y reducir, de esta manera, la cifra de edificaciones abandonadas. Los ingresos, según las previsiones de la nueva normativa, se reutilizarán en las mismas áreas en las que se recaude el impuesto. Previamente, el Instituto Galego de Vivenda e Solo debe declarar el estado de abandono del inmueble, después de que el concello correspondiente lo haya solicitado.

El tipo de gravamen de este impuesto será el resultado de aplicar el porcentaje del 0,6 % sobre la base imponible del valor catastral en edificaciones que tengan declaración de ruina y del 0,4 % en los demás. Además, la cuota tributaria se incrementará en un 10 % cada año que se mantenga el estado de abandono, aunque no podrá superar dos veces el importe inicial. La norma que tramita la Xunta prevé que estén exentas de pagar ese impuesto las personas en situación de exclusión social.

Junto a las áreas de rehabilitación integral, que han propiciado la mejora de un buen número de cascos históricos en Galicia, y a las áreas Rexurbe, la ley prestará atención a las zonas de especial necesidad de rehabilitación, que se declaran para edificios específicos o para conjuntos de ellos que necesiten una intervención urgente como consecuencia de su estado de deterioro.

La ley de rehabilitación incide en la mejora de los cascos históricos, pero también atiende al ámbito rural. En este sentido, recoge medidas encaminadas a la recuperación de aldeas o núcleos rurales abandonados. Por ejemplo, se pondrá en marcha un procedimiento público de venta a través de registros municipales en los que los propietarios pueden inscribirse de forma voluntaria. Los concellos podrán convocar procedimientos de venta, que serán divulgados a través de una nueva plataforma informática.

Los concellos serán los encargados de decidir las áreas en las que se aplicará el impuesto

El impuesto que crea la nueva ley de rehabilitación no se aplicará indiscriminadamente a cualquier edificación abandonada, sino a las incluidas en las áreas Rexurbe. Pero ¿cómo se declara un área Rexurbe? Es la Xunta la que lo hace, pero previamente debe solicitarlo el concello correspondiente. Esta figura está pensada para los conjuntos históricos declarados bien de interés cultural (BIC) especialmente degradados, en situaciones demográficas delicadas o con graves problemas económicos o sociales. Un área Rexurbe debe contar con al menos cincuenta inmuebles.

La declaración de un determinado espacio como área Rexurbe por parte del Consello de la Xunta permitirá que dentro de ese ámbito geográfico se pueda optar a las medidas de financiación que están previstas en la ley.

La expropiación

El objetivo de la Xunta es poder actuar en inmuebles que se encuentran en estado de ruina, y por eso, además del establecimiento del canon, ha decidido regular en la ley los procedimientos de expropiación, venta y sustitución forzosa, permitiendo confiscar por el 50 % de su valor los inmuebles que se encuentran en mal estado y que se han convertido en un obstáculo permanente para la recuperación de un determinado barrio o entorno.

Una vez que la ley agote los trámites parlamentarios y sea aprobada y publicada en el DOG, entrará en vigor en veinte días, pero el canon no comenzará a aplicarse hasta el 1 de enero próximo.