Una comisión judicial supervisará la entrega a los Franco de los bienes de Meirás que sean de su propiedad

José Manuel Pan
José Manuel Pan REDACCIÓN / LA VOZ

GALICIA

MARCOS MÍGUEZ

El juzgado de A Coruña establece normas para la mudanza, aunque está pendiente la medida cautelar para impedirla que el Estado solicitó en otro juzgado de Madrid

27 sep 2022 . Actualizado a las 20:28 h.

El Juzgado de Primera Instancia número 1 de A Coruña ha emitido un decreto por el que establece normas sobre la forma en que deberá realizarse la entrega de los bienes del pazo de Meirás que les correspondan a los nietos de Francisco Franco. El decreto estima parcialmente el recurso del Estado, la Xunta, los Ayuntamientos de A Coruña y de Sada y la Diputación de A Coruña contra una resolución judicial del año 2020 que ordenaba al Estado que dejase entrar a los Franco en el pazo y llevarse los bienes de su propiedad, al tiempo que fijaba un plazo para retirar esos muebles.    

Pero al estimar el recurso, el juzgado coruñés acuerda ahora que la entrega de los bienes deberá hacerse en presencia de una comisión judicial y de las partes y que deberá tomarse como base el inventario elaborado el 11 de noviembre del 2020. Respecto a los bienes de interés cultural será necesario contar con la autorización de la Xunta de Galicia para su traslado. El juzgado les da veinte días a las partes para que indiquen el tiempo que consideran necesario para hacer la mudanza y para que identifiquen a las personas que la realizarán y los medios que van a ser empleados para llevarlo a cabo con seguridad. 

En todo caso, las partes tienen ahora cinco días para impugnar este decreto, que además está en cierto modo supeditado a las medidas cautelares que solicitó el Estado en un juzgado de Madrid cuando hace una semana presentó la demanda contra los Franco para conservar en el pazo de Meirás más de 500 bienes. Esas medidas piden que el Estado sea depositario de esos muebles hasta que se resuelva la demanda. A la vista de este decreto, el juzgado coruñés aún no recibió oficialmente la notificación del juzgado madrileño con la petición de esas medidas cautelares, pues no se hace referencia a ellas en ningún momento.

De todas formas, las medidas cautelares, en caso de aceptarse, afectarían a los 564 bienes incluidos en la demanda del Estado. Eso quiere decir que los Franco sí podrán llevarse el resto de los bienes que hay en el edificio, salvo los que el juzgado identificó en julio como inseparables del pazo. Así, podrán retirar camas, armarios y trofeos de caza, entre otros objetos que el Estado no ha reclamado y que serían propiedad de la familia del dictador. Y esa es la mudanza que tendrá que realizarse bajo supervisión de la comisión judicial.