Una jueza archiva parte de la Pikachu por faltar indicios y estar prescrita

Xosé Vázquez Gago
xosé Gago SANTIAGO / LA VOZ

GALICIA

MARCOS MÍGUEZ

La investigación de la rama coruñesa de la Pokémon se abrió en el 2012

19 ene 2023 . Actualizado a las 01:02 h.

«Acuerdo el sobreseimiento provisional por entender que en el presente momento no existen indicios bastantes de que los hechos sean constitutivos de infracción penal y también por entender que las personas que pudieran haber incurrido en responsabilidad penal, la misma estaría prescrita en el momento actual», dispone la titular del Juzgado de Instrucción número 1 de A Coruña en un auto que archiva parte de las investigaciones de la Pikachu. Así fue bautizada la rama coruñesa de la operación Pokémon, una de las primeras en abrirse —las diligecias arrancaron en el 2012—, pero que está siendo de las últimas en cerrarse.

La magistrada que dirigió las pesquisas, Pilar de Lara, investigaba un delito de cohecho por el supuesto amaño de tres contratos municipales otorgados a Sermasa, una empresa filial del grupo Vendex, para la limpieza, la vigilancia y los servicios de conserjería y mantenimiento del edificio Ágora. La jueza imputó a ocho personas: tres directivos de la empresa y cinco responsables municipales, entre ellos un cargo electo, el edil José Nogueira (PSOE), que debió dejar a un lado su carrera política. Las imputaciones datan de diciembre del 2013, pero no se resolvieron hasta ahora, a pesar de la alarma social que provocó la operación.

En mayo del 2021, el Supremo confirmó una sanción de siete meses contra De Lara por su «forma desordenada y poco rigurosa» de trabajar. Fue apartada de su destino en Lugo, y su sustituto ordenó repartir la Pokémon en 33 causas para que fuesen resueltas por distintos tribunales.

En el caso del contrato otorgado a Sermasa para la limpieza del edificio Ágora de A Coruña, la jueza afirma que las dos irregularidades alegadas «no alcanzan relevancia penal, como dice el Ministerio Fiscal». A «mayor abundamiento», añade el auto, los miembros de la mesa de contratación que adjudicó uno de los contratos «no han declarado como investigados y dado el tiempo transcurrido, más de diez años —ya que los trámites municipales datan del 2011—, tales hechos estarían prescritos».

Lo mismo ocurre con el contrato para los servicios de vigilancia y polivalentes del mismo inmueble. La jueza señala que «tampoco se ha llamado como investigados a los miembros de la mesa de contratación». La magistrada señala además que la adjudicación fue recurrida en su día por otras empresas. Esa reclamación fue rechazada sin que las recurrentes buscasen amparo judicial.

La jueza también descarta que pueda haberse cometido un delito de tráfico de influencias, ya que solo en un caso se ha acreditado una «familiaridad inadecuada» entre una responsable municipal y un directivo de Vendex, pero incluso en ese caso ella «carecía de poder decisorio sobre tales expedientes».

En ese caso, otra vez la capacidad de decisión recaía sobre una mesa de contratación «sobre la que la investigada carecía de superioridad jerárquica». Los responsables de la citada mesa, continúa el auto, «fueron llamados como meros testigos» y «a la vista del tiempo transcurrido no procede actualmente su llamamiento». Los delitos que se les imputarían, suponiendo que apareciese algún indicio de que hubiesen podido cometer alguno, estarían prescritos hoy día.