Dos años y un día de cárcel para un dirigente de Resistencia Galega por el atentado contra el Concello de Baralla

La Voz

GALICIA

Antón García Matos y Asunción Losada durante la vista oral en la Audiencia Nacional
Antón García Matos y Asunción Losada durante la vista oral en la Audiencia Nacional ZIPI | EFE

La Audiencia Nacional impone esa condena a Antón García Matos, alias Toninho, por haber facilitado el explosivo que luego otra persona utilizó; la otra juzgada, Asunción Losada, queda absuelta

27 nov 2024 . Actualizado a las 12:27 h.

La Audiencia Nacional ha impuesto una pena de dos años y un día de prisión a Antón García Matos, alias Toninho, por su relación con el atentado que sufrió el Concello de Baralla en octubre del 2014. Se condena a este dirigente de Resistencia Galega por haber dado la orden y haber facilitado el artefacto explosivo que luego colocó otro miembro de la organización terrorista. La detonación causó numerosos daños materiales en la casa consistorial y en varias viviendas situadas en un radio de 50 metros, tasados en casi 222.500 euros.

La sentencia, emitida por la Sección Primera de la Sala de lo Penal, considera probado que Toninho proporcionó un explosivo a otro integrante de Resistencia Galega —Raúl Agulleiro, ya condenado por el atentado—, y le ordenó hacerlo estallar en el citado ayuntamiento. Aseguran que así lo demuestran los textos de puño y letra del acusado que fueron encontrados en archivos informáticos requisados a él mismo y al autor material del atentado, en los que se hacía referencia a lugares y personas contra las que se dirigieron acciones violentas, entre ellas el Concello de Baralla. A esto se suman otros indicios como el hallazgo de ADN de Antón García Matos en el material explosivo que Raúl Agulleiro ocultaba en un zulo de O Pino.

En la sentencia emitida por la Sección Primera de la Sala de lo Penal se condena a Toninho a dos años de cárcel por el delito de daños terroristas, a pesar de que la Fiscalía había rebajado su petición a un año y seis meses de prisión. Sin embargo, los magistrados explican que, aunque normalmente no se puede condenar a una pena superior a la solicitada por el Ministerio Público, sí puede elevarse cuando la condena solicitada no alcanza el mínimo legal previsto en la ley.

En ese caso, alegan, «la sentencia debe imponer, en todo caso, la pena mínima establecida para el delito objeto de condena». Y recuerdan que el delito de daños terroristas se castiga con entre uno y tres años de prisión, debiendo ser impuesta la pena en la mitad superior de ese tramo si quien cometió el delito lo hizo colaborando con una organización terrorista, como es el caso.

Por otro lado, el fallo de la Audiencia Nacional absuelve a Asunción Losada, la otra dirigente de Resistencia Galega juzgada junto con García Matos, después de que la Fiscalía retirara la acusación contra ella al inicio de la vista oral.