El Gobierno aprueba que los bomberos forestales puedan jubilarse a los 60 años
GALICIA

El ejecutivo «salda una deuda» con el colectivo aplicando un coeficiente del 0,20 por cada año trabajado
16 sep 2025 . Actualizado a las 18:19 h.El Consejo de Ministros aprobó este martes un real decreto que establece coeficientes reductores para adelantar la edad de jubilación de los bomberos forestales, «saldando una deuda» con ese colectivo, según indicó la ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz. La medida permitirá reducir la edad ordinaria de jubilación aplicando un coeficiente del 0,20 por cada año trabajado, «siempre y cuando la persona acredite un período mínimo de cotización de 15 años bajo la condición de bombero forestal».
Este cálculo reductor se basa en una operación matemática que permite aplicar un 20 % a los años trabajados para reducir la edad de jubilación, normalmente con el límite de los 60 años, salvo que se hayan cotizado 35 años.
Durante la rueda de prensa posterior al Consejo, Saiz subrayó que «esta mejora de la protección de cara a la jubilación de esos profesionales es consecuencia de la naturaleza penosa, tóxica, peligrosa e insalubre del trabajo realizado». La ministra subrayó que, con esta medida, el Gobierno equiparando las condiciones de este colectivo al resto de bomberos, que ya contaban con coeficientes reductores desde 2008.
Así, el profesional que acredite el período mínimo de cotización verá reducida su edad de acceso a la jubilación en tres años, «que es el resultado de aplicar los 15 años que ha estado ejerciendo esa profesión con el coeficiente reductor del 0,20». Estos tres años se considerarían como años cotizados a la hora de calcular el importe final de la pensión. En total, se podrá anticipar la jubilación hasta cinco años respecto a la edad ordinaria, y hasta seis años en el caso de acreditar más de 35 años de actividad como bombero forestal.
Certificado de empresa
Para facilitar la aplicación de estos coeficientes, la Tesorería General de la Seguridad Social ha publicado dos boletines con instrucciones sobre cómo identificar y cotizar por este colectivo. La ministra apeló «a la responsabilidad de todas las comunidades autónomas, administraciones y empresas empleadoras de bomberos forestales a reconocer el código de ocupación, el llamado CNO, creado específicamente para este colectivo en las bases de cotización de la Seguridad Social». Saiz añadió que será el Instituto Nacional de la Seguridad Social quien aplique de oficio el coeficiente reductor cuando el interesado solicite su pensión, siempre que se acredite mediante certificado de empresa. «Sin este certificado no va a poderse aplicar el coeficiente reductor», avisó.
«Es un reconocimiento a nuestros bomberos forestales. Un real decreto que establece ese coeficiente reductor para la edad de jubilación de los bomberos forestales, que son unos profesionales y además lo hemos visto especialmente durante este verano que cuentan con unas condiciones laborales y unas condiciones de trabajo durísimas», indicó la ministra portavoz Pilar Alegría en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.