Consideran que las medidas implican censura previa.
12 may 2008 . Actualizado a las 19:59 h.Los abogados de 57 medios de comunicación demandados por Telma Ortiz y por su pareja, Enrique Martín-Llop, han pedido hoy a la jueza que rechace las medidas cautelares solicitadas (para que no publiquen nada sobre su vida privada) por no ajustarse a derecho y por discriminatorias e inconstitucionales.
Uno a uno, los abogados de los medios demandados rechazaron la petición de Ortiz y Martín-Llop por considerar que no cumple con ninguno de los tres preceptos legales necesarios para imponer las medidas cautelares: buen derecho, mora procesal y caución.
El argumento más esgrimido por los letrados fue que la petición de las medidas en defensa de la protección del honor, la intimidad y la propia imagen son «a futuro» e implican una «censura previa» que va en contra de la libertad de expresión consagrada en el artículo 20 de la Constitución.
La vista ante la jueza María Lourdes Pérez Padilla, del juzgado de primera instancia número 3 de Toledo, comenzó poco antes de las 11 de la mañana con la presencia de los demandantes, aunque Ortiz fue excusada de seguirla en directo, prevaleciendo su derecho a amamantar a su hija, de poco más de un mes.
Con la aprobación de los abogados, la jueza eximió a Ortiz de estar presente durante toda la audiencia, aunque sí lo hizo su pareja.
Abogados
Marta Torres, abogada que representa a La Sexta Televisión, ha asegurado que todos sus colegas han acordado no interrogar a Telma Ortiz para no hacerle pasar «un mal rato».
Por su parte, el abogado de los demandantes, Fernando Garrido, alegó al comienzo de la vista que sus representados «no son personajes públicos, no son ni quieren ser famosos» y «no quieren que se les fotografíe sin su consentimiento y ése es su derecho y su libertad».
Garrido dijo que «el morbo no cesa desde que llegaron a España hace cuatro meses» y que se da un «permanente acoso las 24 horas del día» que, incluso, pone en peligro la «integridad física» de Telma Ortiz, y todo esto es, dijo, «el colmo de la desmesura».
El abogado dijo que las medidas cautelares solicitadas eran para «prevenir la reiteración de conductas perturbadoras» y poner fin al «insoportable y permanente» acoso al que es sometido la pareja, y reclamó que «se les deje en paz».
Los abogados de los medios rechazaron la petición con una cascada de argumentos que pusieron en tela de juicio, incluso, el fondo y la forma de la demanda, ya que se ha presentado contra cabeceras de medios sin personalidad jurídica, contra medios que ya no existen o que han publicado las mismas informaciones que otros no demandados.
De forma coordinada, todos reclamaron el rechazo de la demanda por «discriminatoria y de mala fe», por ir contra medios muy selectivos o meter a otros en la demanda, en una suerte, a su juicio, de totum revolutum que los más afectados rechazaron de plano.
Preferencias
Los abogados expusieron la «acreditada notoriedad pública» de los demandantes por ser, ella, hermana y, él, cuñado de los futuros Reyes de España, y que por tanto no son ciudadanos comunes y están expuestos en cambio al interés general y gozan de determinados privilegios.
La abogada de La Sexta Televisión llegó a señalar al respecto que la pareja hizo uso de sus influencias para inscribir a su hija en el registro civil de Madrid, en plena huelga judicial, y que hoy entró al juzgado por la puerta trasera, cuando los letrados lo hicieron por la principal y pasaron por el arco de seguridad.
Otro de los abogados expuso la «notoriedad pública» de artistas como Ana Belén o Miguel Ríos, que han disfrutado del respeto a su intimidad sin recurrir a medidas cautelares.
Los abogados han repetido casi al unísono que la presencia de Ortiz y Martín-Llop en los medios de comunicación es una «situación consentida» por la pareja desde el 2003 y no hay urgencia ahora para reclamar medidas cautelares sobre el «supuesto de que su futura imagen va a ser vulnerada».
Eso, dijeron, constituye un «veto sine die» para ejecutar el derecho a la información consagrado constitucionalmente.