La importancia de instruir correctamente

Ignacio Bermúdez de Castro Olavide PASOS SIN HUELLAS

OPINIÓN

15 ene 2013 . Actualizado a las 07:00 h.

Siempre se dijo que la labor de los jueces de instrucción es harto difícil, pues de ellos depende que un imputado pueda llegar o no a ser condenado. Si no se actúa con el debido rigor, y teniendo en cuenta la última jurisprudencia de los altos tribunales, después pasa lo que pasa, y meses e incluso años de arduas investigaciones se ven tirados por la borda. Obviamente me estoy refiriendo a la excarcelación por la Audiencia Provincial de Lugo de Francisco Fernández Liñares, en la denominada operación Pokémon.

El artículo 386 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal recoge: «Si el procesado estuviere detenido, se le recibirá la primera declaración dentro del término de veinticuatro horas. Este plazo podrá prorrogarse por otras cuarenta y ocho horas, si mediare causa grave, la cual se expresará en la providencia en que se acordase la prórroga». Ahora bien, la doctrina aplicada por el Tribunal Constitucional al chino Gao Ping en la operación Emperador explica que la prórroga de una detención más allá de las 72 horas solo puede ser acordada por igual período de tiempo por un juez cuando el arresto es policial. En casos en que la detención fuese ordenada directamente por el juzgador, como ocurrió en el sumario que nos ocupa, no cabe esta ampliación y, a partir de ese momento, el instructor debe decretar la libertad o bien el ingreso en prisión. Es decir, que la prórroga de la detención de Liñares no fue acorde a derecho.

De ahí mi reflexión acerca de lo al día que necesitan estar los jueces instructores sobre el parecer de los tribunales de superior instancia, ya que antes de la resolución del Constitucional un magistrado podía prorrogar mediante un auto 72 horas más la detención sin que nada procesalmente relevante ocurriese.

Es absolutamente creíble que la intención de tan polémica instructora no fuese otra que la de salvaguardar los derechos del detenido, y así poder barajar la posibilidad de que al final no tuviese que ingresar en prisión. Pero eso no atenúa su error. En un Estado de derecho, aunque en determinados juzgados parezca lo contrario, el ordenamiento jurídico debe instrumentarse para que la presunción de inocencia prevalezca por encima de todo y de todos, y los imputados deben tener la oportunidad de aprovecharse de errores cometidos en la instrucción de los sumarios. Es el tributo que hay que pagar para dejar a buen recaudo las garantías procesales que deben existir en toda democracia. Si un presunto culpable queda en libertad por la anulación de diligencias indebidamente practicadas, pues enhorabuena al avezado letrado que tan bien hizo su trabajo, y que el órgano de poder de los jueces llame al orden al miembro de la carrera judicial que cometió negligencia. Dominar el derecho procesal es fundamental para cualquier magistrado que se precie de hacer bien su trabajo.