Una artificiosa componenda

OPINIÓN

01 ago 2016 . Actualizado a las 05:00 h.

No acaba de verse la salida del túnel para que haya pronto un Gobierno. Nos encontramos en una situación parecida a la del 20D, con alguna diferencia. En esta ocasión, Rajoy ha aceptado ser propuesto como candidato a la presidencia del Gobierno. Se ha presentado como un encargo para formar Gobierno que no existe en la Constitución de 1978, a diferencia de otras, incluida la de 1931. La ambigüedad no ha podido mantenerse porque la propuesta ha sido comunicada a la presidencia del Congreso. La coherencia constitucional lleva a concluir que el candidato ha de presentarse a la investidura ya que, además de exponer ante el Congreso el programa político del Gobierno que pretenda formar, «solicitará la confianza de la Cámara». El rey no puede proponer a quien se niega a ser investido. El propuesto, defiende el PP, puede rehusar después de haber aceptado porque, en la afirmación sorprendente de una jurista como la vicepresidenta del Gobierno, «antes de la coherencia jurídica -se trata de la Constitución- están la coherencia política y la coherencia personal».

Con su aceptación, Rajoy desagravia al rey del desaire que le imputaron por haber declinado el ofrecimiento que le hizo la vez anterior y viene a reconocer de un modo implícito que la oferta era correcta; pero se reserva la posibilidad de no someterse a una investidura condenada al fracaso. El rey no tiene que rectificar y sigue proponiendo al representante del partido más votado, aunque le consta que no tiene apoyos suficientes. Hace dos semanas, expuse en esta columna que el rey no está obligado por la Constitución a proponer como candidato al representante del partido más votado. Si así ha venido haciéndose es porque era el que proporcionaba garantías para ser investido. El rey tiene, sin acudir a la competencia de arbitrar y moderar, la concreta y de su exclusiva responsabilidad de proponer un candidato que esté razonablemente en condiciones de obtener la confianza del Congreso.

Para eso sirve la consulta a los representantes de los grupos políticos con representación parlamentaria, «no con cualquiera», como subrayó el diputado comunista para aceptar el artículo 99, que han de expresar cuál será su voto en las posibles circunstancias. En función de ello, y no de otras conversaciones o mediadores, el rey ha de decidir.

Si no se le ofrecen garantías, el rey no debe proponer candidato. Para hacer la propuesta no tiene plazo. La presión para encontrar una solución recaería sobre los partidos, como ahora. Qué se adelanta con la fórmula actual si Rajoy renuncia. En qué se basa la seguridad de que Rivera y Sánchez se traguen todo lo sostenido. La transparencia democrática padece ante una componenda no fácil de explicar y se debilita la posición del rey. Para qué haría falta si su función se reduce al automatismo de proponer al más votado. Mi lealtad no es la de cortesanos que en defensa del rey, por no aludir al desnudo del cuento, toman por realidad la aumentada, artificiosa...