
Si hay déficit político en nuestros gobiernos y administraciones, este se agiganta en lo que alcanza a los derechos del consumidor o usuario, sin posibilidad de que el ministerio, la consellería y otras entidades derivadas de la Administración, incluida la judicatura, logren que nos sintamos si no protegidos, sí defendidos. Recientemente, el presidente de la Xunta abundó en esta incapacidad para actuar con motivo de una sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) que anulaba la decisión de la Comisión Galega da Competencia (CGC) de no abrir expediente, sin comprobar los hechos denunciados por la CIG y Travieso Consultores, sobre varios contratos de transporte de viajeros de la Xunta de Galicia. Obligándola a abrir expediente a dos empresas de transporte «por indicios racionales de infracción», dado que dicha Comisión Galega, según la sentencia, «no analizó ni comprobó si la distribución de los lotes favorecía a esas dos empresas, imposibilitando la concurrencia de otras de menor entidad, ni si se falseaba la libre competencia o se adecuaba a las exigencias del mercado».
Para alejarse de tal sentencia, el presidente de la Xunta ha reivindicado que la Comisión Galega da Competencia es un órgano «independiente», presidido hoy por un ex delegado territorial de la Xunta, y con los dos vocales actuales profesores universitarios, todos ellos nombrados por el Consello de la Xunta a propuesta del conselleiro responsable. Algo que no certifica un criterio de independencia, salvo que, por adjetivar como tal en un decreto y que los nombramientos sean por legislatura y media, no pudiendo ser removidos salvo casos tasados, se haga tal milagro.
Al tiempo, en España, la presidenta de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) —este sí, con mayor fasquía de independencia dada la intervención de las Cortes en los nombramientos— hizo pública su queja porque la Audiencia Nacional «ordena sistemáticamente la suspensión cautelar de las sanciones impuestas por CNMC». Una queja histórica que dificulta aplicar las sanciones de la CNMC a las empresas que han formado parte de carteles. Como ha sucedido con la sanción a las seis principales constructoras españolas hace menos de un año.
Comportamientos judiciales diferentes frente a prácticas de las comisiones de la competencia también diferentes. En el caso gallego, con una sentencia que, por más que el presidente Rueda pretenda distanciarla de su Gobierno, afecta a la actuación de la Consellería de Transportes y de su conselleira —quizá la de más vocación y pulsión política en su estrategia ante el Gobierno de España— en las concesiones otorgadas en transporte de viajeros. Por más que enfaticen su transparencia en la gestión y licitación de los contratos, algo que cuestiona una sentencia. En Galicia y en Madrid, las actuaciones de las administraciones en Consumo y Competencia no nos libran del poder de los jueces. A veces por bien y otras depende.