Parasitismo social

Ignacio Bermúdez de Castro
Ignacio Bermúdez de Castro PASOS SIN HUELLAS

OPINIÓN

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06 mar 2025 . Actualizado a las 09:32 h.

La Audiencia Provincial de A Coruña desestima un recurso de un progenitor que pese a cobrar un indemnización de 361.000 euros solicitó la anulación de la pensión a favor de su hija de 23 años por pretender ser «una eterna estudiante». Quien carezca de conocimientos jurídicos lo primero que va a pensar es que el padre es un miserable por, con semejante capital recibido, pretender eliminar la pensión. El sentido común nos lleva a esa conclusión, pero eso no quiere decir que esta sea ajustada a derecho. La jurisprudencia del Supremo acuño el término «parasitismo social» para la resolución de casos como el que nos trata, en el cual el progenitor consideró que a los 23 años su hija ya tenía que haber terminado sus estudios. La indemnización percibida no es motivo suficiente para desestimarle una demanda de retirada de pensión por alimentos, siempre y cuando su hija se encuentre inmersa en un caso de inoperancia buscada a la hora de sacar adelante sus estudios. No obstante y ciñéndonos a este caso en concreto 23 años no es edad suficiente para aplicar esta jurisprudencia del Supremo, máxime teniendo en cuenta que no se trata exclusivamente de que haya acabado sus estudios, sino que precisará alimentos mientras no encuentre un trabajo, sobre todo si ha mostrado una actitud activa en la búsqueda de un empleo.