
Salvo en contadas excepciones, la intervención de los procuradores de los tribunales en los procedimientos judiciales que se tramitan en España es preceptiva. Pese a ello son muchos los clientes que acuden a los despachos de abogados pretendiendo, normalmente con la intención de ahorrarse sus honorarios, que no sean utilizados para encabezar sus demandas y posteriores escritos. El procurador, y no los letrados, son los representantes procesales de los litigantes, los que están apoderados por estos, y su intervención es imprescindible. ¿Se imaginan los clientes que los tildan de innecesarios u obsoletos teniendo que acudir casi a diario al juzgado para ser notificados de providencias, diligencias de ordenación, autos o sentencias? Entonces repararían en que en absoluto son descartables y que sus honorarios suponen un dinero más que bien empleado. No solo son convenientes, son una pieza fundamental más de nuestro sistema judicial.