
Los pactos de mejora, también conocidos como «herencia en vida», son unos acuerdos legales específicos de Galicia que permiten adelantar la herencia a los descendientes (hijos o nietos) antes del fallecimiento del padre o abuelo.
Es posible utilizarlos para transferir bienes o derechos, incluso mientras se conserva el usufructo de los mismos. Deberá formalizarse en escritura pública ante notario y se considera un acto mortis causa, por lo que la tributación se realiza a través del Impuesto de Sucesiones. Los especialistas en Derecho Civil gallego los consideran apropiados para una correcta planificación patrimonial, ya que permiten ordenar la gestión del patrimonio y asegurar el futuro de los descendientes, minimizando el riesgo de conflictos entre los herederos al realizarse en vida.
Pueden ser susceptibles de pactos de mejora, entre otros bienes, viviendas, locales comerciales, fincas, terrenos, dinero en metálico, cuentas corrientes, imposiciones a plazo, acciones, fondos de inversión, negocios y participaciones sociales, etcétera. Los gastos de notario son ínfimos y es una opción muy recomendable debido a sus ventajas fiscales.