¿Qué implica reconocer a Palestina?
OPINIÓN
Francia, el Reino Unido y Canadá han anunciado esta semana su intención de reconocer a Palestina como Estado, sumándose a la amplia mayoría de miembros de la comunidad internacional que ya lo hacen. Este movimiento reabre el viejo debate central en el Derecho Internacional Público sobre qué convierte a una comunidad política en un Estado.
La Convención de Montevideo de 1933 establece cuatro grandes requisitos. En primer lugar, contar con una población identificable. Asimismo, el territorio debe estar claramente delimitado y sometido a un control efectivo. Por otro lado, ha de existir un gobierno operativo. Por último, esta comunidad debe poder entablar relaciones con otros estados. Esta teoría, conocida como declarativa, sostiene que el cumplimiento de estos criterios bastaría para determinar la existencia de un Estado, con independencia de su reconocimiento por terceros.
Palestina solo cumple de forma clara el criterio poblacional. En cuanto al territorio, sí hay un amplio consenso sobre su delimitación. No obstante, no existe control efectivo sobre este: ni en Gaza, sujeta en la actualidad a ocupación militar, ni tampoco en Cisjordania, donde el número de asentamientos de colonos israelíes continúa en aumento. Por otro lado, Palestina carece también de una autoridad gubernamental definida y operativa. En primer lugar, dada su fragmentación: Gaza es controlada por Hamás, mientras que Cisjordania lo está por la Autoridad Nacional Palestina. Además, este poder es simplemente parcial, dada la presencia israelí. Por último, pese a que Palestina sí participa de muchos foros internacionales, y mantiene interlocución con terceros estados, la ausencia de una autoridad interna común limita su legitimidad última.
Sin embargo, existe otra corriente teórica que plantea que la estabilidad surge del reconocimiento internacional. Ahora bien, ¿cuál es el sentido de reconocer como Estado a quien no cumple con unos requisitos fácticos mínimos como los arriba citados? La respuesta es que el reconocimiento no tendría como fin constatar una realidad existente, sino crear los incentivos para transformarla. Se busca legitimar la demanda palestina, presionando así a Israel a buscar una salida negociada.
Esto apunta a una de las principales tensiones que atraviesan las relaciones internacionales: la difícil convivencia entre lo proclamado de iure y la realidad de facto. La ausencia de una autoridad efectiva internacional garante del cumplimiento de un orden global basado en normas diluye su eficacia. La legalidad internacional se ve así parcialmente relegada a funciones normativas y de legitimación; utilizada así a menudo como mero instrumento de presión política.
No obstante, abusar de un uso instrumental de las apelaciones a la legalidad internacional comporta un grave riesgo: incrementar la distancia entre un orden internacional ideal de iure reconocido y una realidad de facto cada vez más distante. La principal consecuencia es un creciente escepticismo hacia la posibilidad misma de que las normas sean el criterio principal que rija la realidad internacional. Es preciso evitar oponer norma a hechos, lo cual implica dotar al reconocimiento del acompañamiento práctico preciso que lo haga efectivo, sin confiarlo todo a su mera potencia legitimadora.