Detenido por quebrantar un alejamiento días después de ser condenado por el mismo delito
OURENSE
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La jueza que condenó a Jonathan D. R. da por buenos audios en los que se oía al acusado presionar a la víctima para retirar la denuncia
17 abr 2021 . Actualizado a las 05:00 h.El pasado 7 de abril la magistrada del juzgado de lo penal 2 de la capital ourensana, condenó a nueve meses de cárcel a Jonathan D. R., por un delito continuado de quebrantamiento de condena. En la resolución, contra la que cabe recurso, se consideraba probado que el acusado, de 31 años, incumplió entre el 28 de abril del 2020 y el 3 de mayo de ese mismo año la orden dictada semanas antes por el Juzgado de Instrucción tres de la capital ourensana en la que se le prohibía acercarse o comunicar con su expareja sentimental, imponiéndosele una condena de nueve meses y un día de prisión.
Este jueves, apenas una semana desde aquella sentencia, Jonathan volvió de nuevo a los juzgados de la capital ourensana. Lo hizo en calidad de detenido, tras haber sido sorprendido cuando quebrantaba la medida de alejamiento de la misma víctima. Agentes policiales lo arrestaron y lo trasladaron al juzgado de instrucción que hace un año dictó la orden de alejamiento y en que se lleva la causa en su contra, acordándose esta vez que se le coloque al sospechoso una pulsera telemática, en aras de garantizar que no vuelva a delinquir y, en su caso, poner en riesgo la integridad de la víctima.
En contra del maltrato
Parece confirmarse así el poco respeto que siente por las decisiones judiciales este ourensano, quien en el juicio dijo formar parte de Amnistía Internacional y estar en contra de la violencia hacia la mujer. Lo hizo tras haber negado los quebrantamientos que se le imputaban, aportando una versión novedosa que contrastaba con las que había facilitado a las autoridades tras el arresto y en las que admitía la ilegalidad. La magistrada, tras analizar al detalle todas las pruebas del caso, incluidos unos mensajes de voz enviados a la víctima, cree que el acusado dijo la verdad en sus primeras manifestaciones, y no en el juicio. «Si bien es cierto que el acusado, retractándose totalmente de sus intervenciones anteriores, ha negado rotundamente en el acto de juicio haberse acercado a la víctima o comunicado con ella [...], lo cierto es que previamente sí había reconocido esos extremos, estando debidamente asistido de su letrada al realizar varias tales manifestaciones», asegura la sentencia, en la que descarta la togada la excusa facilitada por el acusado para explicar aquellas confesiones: Dijo que había tomado ansiolíticos. «No concebimos de modo alguno como factible que esa supuesta ingesta de medicamentos determine que uno lleve a reconocer que ha hecho algo que realmente no realizó», dice la togada, que también da por buenas una grabaciones de voz aportadas a la causa, en las que se oye hablar al acusado, en alguna ocasión presionando a la víctima para retirar la denuncia. La defensa dijo que estaban manipuladas, pero la jueza no lo cree verosímil. Advierte que la víctima debería ser poco menos que una «hacker» para manipular el contenido de una conversación y «conseguir que dijera algo que realmente nunca expresó».