Un juez de Ourense archiva la pieza Pokémon contra el exalcalde socialista Francisco Rodríguez por tráfico de influencias con Aquagest

M. Rodríguez OURENSE / LA VOZ

OURENSE

La jueza Pilar de Lara, en el año 2014, cuando instruía la operación Pokémon.
La jueza Pilar de Lara, en el año 2014, cuando instruía la operación Pokémon. ALBERTO LÓPEZ

La fiscalía solicitó el sobreseimiento por considerar que los hechos no quedaron acreditados

28 sep 2022 . Actualizado a las 15:22 h.

La vía ourensana de la famosa operación Pokémon que implicó al exalcalde socialista Francisco Rodríguez y a su esposa en un presunto delito de tráfico de influencias relacionado con la empresa Aquagest ya es historia. El Juzgado de Instrucción número 2 de Ourense ha decretado el sobreseimiento provisional y archivo de la causa, iniciada en el 2014 por el Juzgado de Instrucción número 1 de Lugo -del que era titular la magistrada Pilar de Lara-  «por no resultar debidamente justificada la perpetración del delito».

Ha sido el Ministerio Fiscal, única acusación personada, el que ha solicitado el sobreseimiento, en un informe en el que recoge que los investigados no tuvieron la oportunidad de «reconocer o contrastar» las escuchas telefónicas en las que se fundamentó la investigación judicial, realizadas por el Servicio de Vigilancia Aduanera (SVA) de la Agencia Tributaria. El tiempo de instrucción transcurrido sin que los sospechosos pudiesen escucharlas completas o al menos sus pasajes más relevantes, «a fin de que admitan su veracidad» y el hecho de que no sea posible practicar nuevas diligencias es uno de los motivos que argumenta la fiscal para solicitar el archivo. En su auto de archivo, el juez Luis Doval, recoge que los indicios delictivos preliminares carecen de peso suficiente y que falta concreción en la instrucción para continuar la causa, que llegó a Ourense en el año 2020 derivadas del juzgado de Lugo.

La investigación contra el exalcalde de Ourense, Francisco Rodríguez, que dimitió a raíz de conocerse su imputación por prevaricación y cohecho en esta misma causa se inició en el 2014 en el juzgado lucense en el que la magistrada Pilar de Lara abrió -con múltiples frentes y numerosos imputados- la denominada operación Pokémon. La jueza acabó siendo relevada de este juzgado, por los retrasos que acumulaba en las causas.

En este caso, se analizaba el presunto carácter delictivo de unos hechos que podían haber constituido un tráfico de influencias a favor de la empresa Aquagest -concesionaria del servicio de aguas del Concello de Ourense- que supuestamente habría recibido en el 2012 contratos o concesiones de servicios públicos.

Se investigó a Henry L. L., entonces delegado territorial de la empresa, a su esposa, que había conseguido un puesto de técnico de aguas, al alcalde de Ourense, el socialista Francisco González, además de a su mujer, Mercedes A., como empleada de la empresa, y a Francisco Cacharro, que era secretario de la Diputación de Ourense. A este último, según recoge el auto, se le investigó por la presunta realización de «informes favorables a las concesiones».

La investigación realizada durante la instrucción «solo alcanza a mostrar sospechas o indicios preliminares derivados de esa conversaciones telefónicas, principalmente de Henry L., relativas a la adjudicación de varios contratos, que aportan un extracto indiciario de ciertas actuaciones del investigado Henry». Dichas llamadas buscaban, según la imputación, el contacto telefónico con el alcalde de Ourense, su hijo o Áurea S.  «con el fin de obtener un beneficio en la adjudicación de contratos», pero los indicios -según analiza el juez instructor ourensano Luis Doval- «carecen de peso suficiente», pues faltó «concreción instructora» para continuar la causa. 

En el caso del secretario investigado, no consta acreditado «ningún pago directo o indirecto al mismo por la emisión de informes de favor». Los dos viajes que abonó Aquagest a Málaga y Barcelona, en el año 2007, no constituyen «indicio delictivo». Al no haber ninguna acusación particular y al pedir la pública el archivo, el juez atiende esta petición de no proseguir con esta causa.