Le llamaron «maricona de mierda» y denunció un delito de odio, pero los jueces solo ven un comentario «lamentable»

Marta Vázquez Fernández
M. Vázquez OURENSE / LA VOZ

OURENSE

Imagen de archivo del TSXG.
Imagen de archivo del TSXG. CÉSAR QUIAN

El perjudicado, que escuchó ese comentario cuando pagaba la compra en un súper de Lobios, había recurrido al TSXG la absolución del acusado, pero no lo ha conseguido

23 nov 2024 . Actualizado a las 05:00 h.

Lo llamaron «maricona de mierda» cuando pagaba la compra en un supermercado de Lobios y denunció haber sido víctima de un delito de odio, pero la justicia cree que la expresión no es más que un comentario «lamentable». Así lo dijo en primer lugar la Audiencia Provincial de Ourense y así lo acaba de confirmar ahora el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, TSXG. La sala rechaza el recurso que había presentado el perjudicado y no ve margen para condenar al acusado.

Entienden los togados que lo que dijo no se puede tomar como una manifestación de libertad de expresión, pero tampoco como un «contenido integrante de un discurso descalificante de la persona». Tildan su comentario de «inadmisible personal y socialmente», pero no consideran que exprese un contenido de odio, por lo que dan por buena la primera sentencia sobre el caso, emitida a finales del pasado mes de junio por el tribunal de la ciudad de As Burgas.

En el recurso el abogado de la acusación sostenía que tras ese primer comentario el acusado había perseguido a su cliente hasta su coche y le había dicho «como apestáis los maricas, qué asco», pero dado que esto último no se recogió en los hechos probados de la primera resolución, los togados del alto tribunal no pueden tenerlo en cuenta y dictar una condena. Otra cosa es que el letrado hubiera pedido la anulación de la sentencia, advierten los magistrados, sin embargo esto no ocurrió. Sobre el caso ya solo cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.