El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia confirma la condena a Jácome por impedir hablar a la portavoz del PSOE
OURENSE

Al alcalde ya solo le queda recurrir al Tribunal Supremo y, si no lo hace, tendrá que publicar la sentencia en la web y leerla en la próxima sesión plenaria
09 jun 2025 . Actualizado a las 17:16 h.Gonzalo Pérez Jácome, alcalde de Ourense, tiene una forma muy personal de dirigir los plenos del Ayuntamiento. Suele interrumpir y retirar la palabra a los portavoces de la oposición y la del PSOE, Natalia González Beneitez, decidió llevarlo ante la justicia. Denunció un caso concreto, el ocurrido en una sesión plenaria celebrada en octubre del año 2023. El Juzgado contencioso-administrativo número uno de Ourense le dio la razón, el alcalde recurrió y ahora el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha confirmado esa sentencia.
A Jácome todavía le queda la posibilidad de presentar un recurso ante el Tribunal Supremo. De no hacerlo, o de confirmarse en esa instancia los fallos previos, el alcalde de Ourense tendrá que publicar la sentencia en la web del Ayuntamiento y dar lectura a la misma en el próximo pleno. Además, tendrá que pagar las costas judiciales, que ascienden a mil euros.
La conclusión del juzgado, avalada ahora por el TSXG, concluye que el alcalde ourensano se extralimitó en sus funciones y, cuando impidió a Natalia González intervenir, vulneró su derecho fundamental a la participación política, recogido en el artículo 23 de la Constitución española. «Ha de indicarse, además, que los términos y expresiones que dirige a la concejal recurrente, con la que llega a polemizar, no se corresponden con el respeto institucional que ha de imperar en la sede y sesión plenaria en la que se producen, ni permiten el desarrollo adecuado y ordenado del debate que corresponde garantizar precisamente a la figura del alcalde-presidente», dice la resolución.
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