Una llamada de teléfono a su ex, con la que no podía comunicar, le costará seis meses de prisión

La Voz OURENSE / LA VOZ

CELANOVA

Tribunal de Instancia de Ourense
Tribunal de Instancia de Ourense MIGUEL VILLAR

El acusado cometió el quebrantamiento el mismo día que se dictó el auto judicial

27 sep 2026 . Actualizado a las 05:00 h.

El 5 de diciembre del año 2025 desde el Tribunal de Instancia de Celanova se dictó un auto judicial que prohibía a un sospechoso acercarse a una víctima que lo había denunciado. El pronunciamiento, que le fue notificado personalmente al investigado para que no quedaran dudas de que estaba enterado de su situación, dejaba claro que desde ese momento no podría acercarse a menos de 150 metros de la denunciante ni tampoco comunicar con ella por cualquier medio, pero ahora queda probado que tardó solo unas horas en incumplirlo.

Y es que durante una audiencia previa celebrada en el juzgado de lo penal de Ourense, el implicado admitió que la misma noche de aquel 5 de diciembre intentó ponerse en contacto con ella. Lo hizo por teléfono, con una llamada a la que ella no contestó, pero quedó registrada en el listado de su terminal y fue suficiente para atribuirle un delito de quebrantamiento de medida cautelar. La mujer alertó a los agentes de la Guardia Civil y se puso en marcha un procedimiento judicial que ahora se zanja con una condena.

La magistrada de la plaza dos de la sección penal de la ciudad le impone una condena de seis meses de prisión, sin posibilidad de que ese fallo se pueda recurrir.