Un juzgado anula la adjudicación directa de gestión de la estación de Manzaneda

María Cobas Vázquez
maría cobas O BARCO / LA VOZ

MANZANEDA

Estación de montaña de Cabeza de Manzaneda.
Estación de montaña de Cabeza de Manzaneda. Santi M. Amil

Desde Meisa remarcan que la sentencia se puede recurrir y que se va a iniciar un nuevo proceso de licitación

17 mar 2022 . Actualizado a las 20:16 h.

Un juzgado de Ourense ha anulado el contrato para la gestión de la estación de esquí de Cabeza de Manzaneda a la empresa coruñesa Artabria Turismo. La magistrada ha estimado el recurso interpuesto por Grupo Sierra Gestión de Turismo contra la resolución de Meisa sobre el contrato, que data de diciembre del 2020. Meisa es la empresa propietaria de Manzaneda, cuyo accionariado mayoritario es de la Xunta y la Diputación. También tienen parte los ayuntamientos de A Pobra de Trives y Manzaneda, pero esta es tan pequeña que no forman parte del consejo de administración y, por tanto, nada tuvieron que ver con la decisión.

La jueza subraya que la sociedad demandada, que acudió a un procedimiento de adjudicación directa sin publicidad para elegir a la empresa, debió solicitar al menos tres ofertas. No lo hizo y tampoco incluyó en el expediente razón alguna que justificase la imposibilidad de cumplir el requisito, «máxime cuando la recurrente había puesto de manifiesto [a través de dos buromails] su interés en ser invitada». Reconoce la jueza que aún así no tendría que habérsele pedido oferta, pero la demandada sí tenía que haber solicitado al menos otras dos propuestas más junto a la de Artabria.

La empresa recurrente, además, está pendiente del proceso abierto en un juzgado de Santiago de Compostela contra el pliego de condiciones que Meisa sacó a mediados del 2020 para adjudicar la gestión de la estación. Ese concurso quedó desierto porque ninguna de las dos ofertas presentadas cumplían los requisitos. Era octubre y el 31 de diciembre Oca Hotels —la anterior adjudicataria— dejaba la gestión. Ante lo apurado de los plazos, Meisa recurrió al procedimiento negociado sin publicidad directamente con Artabria. Un contrato que firmó Nava Castro, directora de la Axencia Galega de Turismo, en su calidad de presidenta del consejo de administración. Ni siquiera hay un acuerdo del consejo —formado por cuatro representantes de la Xunta y cuatro de la Diputación— en este sentido, dice la sentencia. Y tampoco se aporta ningún acto de este «en virtud del cual se confiera empoderamiento a Nava Castro para que pueda contratar directamente en nombre de la sociedad». «Se suscita por tanto la falta de competencia», recoge la sentencia. Con la adjudicación a Artabria se infringieron los principios de concurrencia y no discriminación. Meisa es condenada a pagar las costas, por un precio máximo de 600 euros.

La sentencia se puede recurrir ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia en el plazo de 15 días, tal y como remarcan desde Meisa al conocer el fallo de la magistrada. Además, insisten en que se trata de un error formal. «No se censura el procedimiento de contratación empleado ni se entra a valorar la capacidad de la empresa que presta actualmente el servicio», aseguran desde la sociedad propietaria de Manzaneda.

Por otro lado, insisten en que se va a iniciar el nuevo procedimiento de licitación para poder adjudicar el servicio a través de un procedimiento abierto. Remarcan, en todo caso, que es «tal y como estaba previsto».