
La víctima se veía obligada a «satisfacer sus deseos sexuales cuando este se lo ordenaba cogiéndola del brazo» o levantándole la mano
13 feb 2025 . Actualizado a las 12:26 h.A través de una sentencia difundida este jueves, el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha confirmado la sentencia de la Audiencia de Pontevedra que impuso catorce años de cárcel a un hombre por cometer un delito continuado de agresión sexual sobre la nieta de 8 años de su pareja sentimental. Además, en esta misma resolución se ha ratificado la prohibición de acercarse menos de quinientos metros de la menor durante un período de dieciséis años.
La sentencia, que es recurrible en el Supremo, recoge que la víctima convivió durante un tiempo con su abuela y el acusado, si bien las agresiones continuaron posteriormente cuando los visitaba. El ahora condenado, según estiman acreditado los magistrados, intimidaba a la menor, la cual se veía obligada a «satisfacer sus deseos sexuales cuando este se lo ordenaba cogiéndola del brazo» o cuando le levantaba la mano ante la negativa de la víctima de cumplir sus órdenes.
La sala, asimismo, refiere que el encausado aprovechaba la diferencia de edad y la convivencia con la menor para cometer esos actos.
A la hora de desestimar el recurso de apelación presentado por la defensa, el TSXG se ha apoyado en la declaración de la víctima, la cual considera «plenamente convincente», así como en los testimonios del hermano pequeño, de la expareja de la madre, de la abuela materna, e, incluso, de ciertos reconocimientos «hechos por el propio acusado» durante su comparecencia.