Exoneran a un pontevedrés de pagar la pensión de alimentos de su hija de 20 años

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Un juzgado acredita que «la ausencia continuada de relación entre padre e hija, al menos desde que esta cumplió la mayoría de edad, es imputable solo a la alimentista»
04 abr 2025 . Actualizado a las 05:00 h.En el año 2008 se acordó que un pontevedrés abonase 350 euros mensuales por la pensión de alimentos de su hija, una cantidad de la que ahora, diecisiete años después, se ha visto exonerado de
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