Tima 1.300 euros al vendedor de un iPhone que lo ofrecía a través de Wallapop

PONTEVEDRA

El acusado aseguró a la víctima que Apple había bloqueado el terminal, por lo que le exigió la devolución del dinero abonado
18 may 2025 . Actualizado a las 11:08 h.Acostumbrados a que las estafas en la compraventa de artículos de segunda mano esté protagonizadas por los vendedores, la Audiencia de Pontevedra acaba de confirmar la condena impuesta al comprador de un smartphone por unos hechos ocurridos en octubre del 2021. De este modo, le impusieron un año de cárcel por un delito de estafa y el abono de una indemnización de 1.300 euros.
Los hechos tuvieron lugar después de que un pontevedrés vendiese al acusado a través de la página Wallapop un terminal modelo iPhone 13 Pro-Max a un precio de 1.300 euros. Una vez que el ahora condenado tuvo el móvil en su poder actuó con la intención de obtener un enriquecimiento ilícito, de tal modo que contactó vía WhatsApp con el vendedor para, mintiéndole, asegurarle que la compañía Apple había procedido a bloquear el terminal que le había vendido, por lo que le exigió la devolución de los 1.300 euros que le había pagado.
Por su parte, el comprador se comprometió a devolverle el terminal una vez recibiese el dinero. Confiando en su palabra, el denunciante procedió a transferirle desde la cuenta de su madre los 1.300 euros.
Sin embargo, con posterioridad, pudo comprobar a través de la compañía Apple que el terminal en ningún momento fue bloqueado, de tal modo que ni recuperó el terminal, ni su madre el dinero.
Recurso desestimado
Esta sentencia acaba de ser confirmada por la Audiencia de Pontevedra al desestimar el recurso de apelación de la defensa: «La versión del apelante no se sostiene. Acreditada la transferencia por parte del denunciante del dinero recibido por la venta del terminal móvil (1.300 euros) a favor del recurrente, así como la recepción de dicho importe en la cuenta de este, no existe dato alguno que permita inferir, si quiera, a título indiciario, que esos 1.300 euros fueron entregados por el apelante al tercero, supuesto comprador final del terminal móvil».
Se trata de una prueba que debería ser aportada por la defensa, pero que, sin embargo, «no existe». Es por ello que los magistrados concluyen que la versión proporcionada «es una versión meramente exculpatoria, sin otro alcance».