«Te voy a cortar la cabeza con un machete»: Condenados por amenazar a los vecinos que avisaron a la Guardia Civil por el ruido de una fiesta

PONTEVEDRA

La anfitriona de este festejo fue considerada autora de dos delitos leve de maltrato
22 may 2025 . Actualizado a las 05:00 h.Una fiesta nocturna en un piso que obligó a intervenir a la Guardia Civil ha terminado con la condena a la anfitriona del festejo y a uno de los asistentes por encararse con los vecinos que alertaron al instituto armado.
Todo ocurrido la noche del primero de agosto del 2021 cuando la ahora condenada realizaba una fiesta en su vivienda. Como consecuencia del ruido, una pareja solicitó la asistencia de la Guardia Civil, cuyos agentes se personaron en el domicilio donde se desarrollaban los festejos para requerir a los participantes que respetasen el descanso de los vecinos.
Los problemas surgieron cuando los guardias civiles se marcharon. Y es que fue entonces cuando la pareja, ante el temor de que su vecina pudiese dañar su coche que estaba estacionado en las inmediaciones del edificio, decidió salir a la calle.
Esta circunstancia fue aprovechada por este última para comenzar a increparles. De hecho, y según consta en la sentencia confirmada por la Audiencia de Pontevedra, la ahora condenada se dirigió directamente hacia su vecina, retándola y gritándole en varias ocasiones «babosa».
Además, en un momento dado, «siendo plenamente consciente de sus actos y de sus consecuencias, la empujó con reiteración provocando que llegara a caerse al suelo». De igual modo, se dirigió a la pareja de esta, a quien llegó también a empujar, al tiempo que le lanzaba una piedra que tenía en la mano.
Por su parte, uno de los asistentes, si bien no llegó a salir a la vía pública, sí que quedó acreditado que desde la vivienda dirigió expresiones intimidatorias frente a este último, hechos que fueron recogidos por la hija mayor de este en una grabación. En la misma se puede escuchar como el encausado le advierte de que «te voy a cortar la cabeza con un machete, hijo de puta».
Este último fue condenado como autor de un delito leve de amenazas, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a abonar una multa de 240 euros. En cuanto a la anfitriona de la fiesta, deberá a hacer frente a dos sanciones económicas por idéntico importe al ser considerada autora de otros tantos delitos leves de maltrato de obra. No obstante, la misma resolución la absuelve de un delito leve de vejaciones injustas.
Sin indemnización
Se da la circunstancia de que, pese a ser una sentencia condenatoria, la Justicia establece que no ha lugar a indemnización alguna. Este punto, y tras el recurso de apelación de una de las víctimas que reclamó el pago de una indemnización de 900 euros en concepto de responsabilidad civil por las lesiones, la Audiencia de Pontevedra refiere que la jueza de instancia recogió que «nin no parte médico nin no informe da médica forense se reflectía que o incidente causase ningún menoscabo na integridade física dos denunciantes», circunstancia que explica que se calificase la conducta de la anfitriona como delitos leves. «Velaí polo que, consecuentemente, omitise todo pronunciamento verbo da devandita responsabilidade civil», añaden en este sentido.
En cuanto a unas supuestas lesiones psíquicas, se recuerda que «a apelante se reservou o seu dereito a reclamar noutro procedemento por aínda non estar plenamente recuperada».