La propiedad de la sala Yago, en Santiago, deberá reponer los miradores de la fachada y reparar la cubierta
SANTIAGO
Una sentencia avala el decreto del 2022 por el que el Concello ordenó acometer obras para la conservación del edificio
27 sep 2024 . Actualizado a las 12:37 h.La sentencia dictada por la jueza Ana Belén González Abraldes, del Juzgado Contencioso Administrativo número 2 de Santiago, deja claro que la familia propietaria del edificio que albergó la sala Yago, en la Rúa do Vilar, tiene que cumplir punto por punto el decreto del 10 de octubre del 2022, dictado por la que era entonces concejala de Urbanismo, la socialista Mercedes Rosón.
En el decreto se concedía a los propietarios dos meses para pedir la licencia y realizar trabajos en la cubierta y reponer los cuatro miradores de la fachada, con un plazo de seis meses para completar unas obras consideradas necesarias para conservar los elementos catalogados —las galerías— y atender la obligación de conservación del Patrimonio Cultural. Prácticamente, no se hizo nada.
Ante el decreto de Rosón, la propiedad decidió ganar tiempo y presentó recursos ante la Administración local que fueron desestimados. Finalmente, recurrió en el 2023 a la vía del Contencioso. Contra la sentencia de junio pasado cabía recurso de apelación ante el mismo juzgado, para su posterior remisión al Tribunal Superior de Xustiza de Galicia. Fuentes municipales indicaron que «suponían» que no se presentó dicho recurso.
El tiempo ha pasado y resulta evidente, a simple vista, que las galerías no han sido repuestas. Se trata de unos elementos que deberían estar sobre las rejerías de los balcones de hierro de la fachada de la Rúa do Vilar. Dos de ellos, los de la segunda planta, permanecieron hasta el 2008 en la fachada, y hay constancia, según recoge la sentencia, de que uno fue retirado en 1989 por las brigadas municipales por seguridad. No se sabe si se realizaron obras en el tejado. En el Concello no aclaran si se hizo alguna inspección para comprobar si se ejecutaron esos trabajos antes de la sentencia, ni si consta la ejecución de algún trabajo en la cubierta para evitar el deterioro del inmueble. Lo que sí acató la propiedad fue la retirada de los paneles que cegaban los arcos del portal y su sustitución por rejas.
Los recursos contra las decisiones administrativas y la vía judicial paralizan temporalmente otras acciones propuestas por el Concello. En el caso de la sala Yago, en el decreto de octubre del 2022, en base al informe técnico de febrero de ese año, se advertía de que el incumplimiento de las órdenes de ejecución implicaría desde multas hasta la inclusión del inmueble en el Rexistro de Soares, lo que derivaría en la aplicación del régimen de venta forzosa. Cuando la sentencia sea firme, el Concello podrá iniciar esta vía, siempre que la propiedad no actúe.
El inmueble fue construido en 1906 por la familia Carrero y cuenta con 2.000 metros cuadrados, entre el espacio que en tiempos fue ocupado por el cine y teatro Yago, y dos plantas de viviendas. Los propietarios alegan ese uso histórico de las plantas superiores para pedir que se revise la catalogación.