El Ayuntamiento de Santiago tendrá que dotarse de un censo de viviendas vacías antes de aplicar el recargo del IBI

r. m. SANTIAGO / LA VOZ

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Vista de la ciudad sobre los barrios de Pontepedriña y Conxo
Vista de la ciudad sobre los barrios de Pontepedriña y Conxo Sandra Alonso

La ordenanza que fijará los recargos también introduce nuevas bonificaciones en el pago del impuesto para viviendas protegidas y en el ICIO

16 sep 2025 . Actualizado a las 05:00 h.

El Ayuntamiento tendrá que elaborar un censo de viviendas vacías antes de aplicar el recargo del impuesto de bienes inmuebles (IBI) que pretende aprobar este mes para aquellas que estén desocupadas sin causa justificada. Según el Instituto Nacional de Estadística (INE), en Santiago hay 6.198 vacías, aunque no todas serán objeto de tal recarga. Esa penalización solo se aplicará a aquellas que lleven más de dos años desocupadas sin causa justificada y que pertenezcan a propietarios con cuatro o más inmuebles, según recordaba ayer el concejal de Urbanismo, Iago Lestegás (BNG), quien reconocía que la aplicación de esta medida precisará su tiempo. Y es que, una vez que la ordenanza esté en vigor, habrá que hacer ese censo en base a indicios como los consumos anormales de electricidad, agua o gas o la ausencia de empadronamientos en esas direcciones. Esos indicios habrá que contrastarlos después con la audiencia a los interesados, pero es una labor «que temos a determinación de facer», dice el edil.

El Concello tendrá capacidad para aplicar ese recargo cuando disponga de dicho censo. En contra de la opinión de la edila no adscrita Mercedes Rosón de que antes la Xunta tiene que definir lo qué es vivienda desocupada, Lestegás sostiene que no es así. Que llega, al menos para este caso, con lo que dice la Ley Reguladora de Haciendas Locales. Con eso, lo que tiene que hacer Raxoi primero es establecer los indicios y medios de prueba que permitan depurar las circunstancia de cada vivienda y luego dar audiencia a los afectados, antes de declararlos vacíos uno a uno, «individualmente».

La ordenanza que permitirá aplicar ese recargo introduce también nuevas bonificaciones tanto en el IBI como en el impuesto de construcciones, instalaciones y obras (ICIO). La reducción del IBI para las viviendas protegidas se extenderá a las de promoción pública (VPP), con lo que cualquiera con protección tendrá una bonificación del 50 % en los tres primeros años, y del 35 o 45 % para los siguientes diez años. En el caso de las VPP, así será mientras mantengan la titularidad pública o se destinen a alquiler. También se bonificará el ICIO a las VPP y, previa decisión del pleno, a obras de especial interés o utilidad social por circunstancias sociales o históricas.