Nuevo archivo de una pieza de la Pokémon en Santiago con duras críticas a la jueza De Lara
SANTIAGO CIUDAD
La magistrada compostelana califica de «batiburrillo procesal» la investigación y advierte de que se ha vulnerado el derecho de defensa de los imputados
13 sep 2023 . Actualizado a las 19:49 h.Nada menos que once años después, los investigados en la pieza separada de la operación Pokémon relacionada con la puesta en servicio de la escuela municipal de Salgueiriños en Santiago han visto archivada la causa que en su día abrió la controvertida jueza Pilar de Lara Cifuentes, que por entonces tenía su plaza en los juzgados de Lugo. El sobreseimiento lo ha decretado la magistrada compostelana Margarita Guillén Vázquez, que lanza duras críticas al trabajo de su compañera, como también han hecho otros jueces que han puesto fin a las múltiples derivaciones en las que se ha dividido este caso.
En esta pieza figuraban como investigados el exalcalde de Santiago, Ángel Currás, y la que era en aquel momento concejala de Educación, Rebeca Domínguez, así como el exedil socialista Bernardino Rama, el funcionario municipal Román Otero y los responsables de una de las empresas implicadas en la investigación, José María Tutor y Alberto Quintana. También estaba Belén Álvarez. La jueza compostelana afea a Pilar de Lara que el último movimiento de investigación lo hizo el 23 de agosto del 2013 sin que desde entonces exista «diligencia sustancial alguna en relación a los hechos que se les imputan».
Para la magistrada Guillén Vázquez, titular del Juzgado de Instrucción número 2 de la capital gallega, la investigación de la jueza De Lara respecto a la escuela de Salgueiriños fue «un batiburrillo procesal difícil de ordenar y esclarecer» y resalta que constan diligencias de investigación posteriores al propio auto de inhibición, lo que significa que desde Lugo siguió intentando buscar unas pruebas que nunca halló pese a que el asunto ya correspondía a Santiago. Además, se ha sobrepasado el plazo legal máximo para mantener abierta la instrucción, por lo que entiende que «es evidente que no es posible dictar un auto de transformación en procedimiento abreviado».
En cuanto a los presuntos delitos de tráfico de influencias investigados, la magistrada compostelana señala en su auto que «de la documental remitida no se deducen ni concurre ninguna resolución que permita deducir la concurrencia de los elementos objetivos y subjetivos» que los acrediten, así como tampoco «qué elementos indiciarios concurren respecto de las personas que declararon como investigados». Aún es más crítica cuando afirma que existe «una ausencia total de concreción objetiva y subjetiva y una consiguiente vulneración del derecho de defensa de los investigados, como ellos mismos han alegado en sus escritos presentados».
Así las cosas, como ha ocurrido ya con otras piezas separadas de la operación Pokémon, la jueza de Santiago en la que ha recaído la investigación relativa a la escuela de Salgueiriños señala que no puede acreditarse «ni la comisión delictiva ni la autoría» y que debe cancelarse el proceso porque existe una «razonable certeza de que este contradictorio y débil material probatorio carece de toda aptitud para generar certeza en el juicio oral» y «se puede vaticinar con un grado de seguridad muy alto el fracaso de una pretensión penal con ese frágil y endeble fundamento, lo que ha de comportar clausurar ya el procedimiento mediante el correspondiente auto de sobreseimiento».
Por su forma de proceder en esta investigación, el Consejo General del Poder Judicial sancionó a Pilar de Lara y le apartó de su destino como jueza en Lugo, decisión que posteriormente fue confirmada por el Tribunal Supremo.