No es que los menores estén totalmente desprotegidos en su relación con las redes sociales. Leyes como las que regulan el derecho al honor y a la intimidad, a la propia imagen o la protección de la juventud y de la infancia se aplican a la hora de juzgar los delitos que tienen como escenario Internet. Pese a ello, hay algunas lagunas relacionadas con el avance de las nuevas tecnologías, cuya evolución va más rápido que las reformas legales.
Con el fin de adaptarse a este nuevo marco, el Gobierno central anunció hace algunos meses su intención de reformar el Código Penal para incluir nuevos delitos vinculados con los menores y el uso de la Red, en especial los relacionados con la pornografía infantil. La intención es, entre otras cosas, tipificar el visionado de ese tipo de contenidos en streaming o el contacto virtual con un menor para obtener material pornográfico. Además, se recogerán de forma específica otros fenómenos como el ciberacoso o la usurpación de personalidad en las redes.
Otra de las medidas que se pretenden adoptar es la encaminada a agilizar el proceso mediante el cual el juez puede bloquear o cerrar las páginas web en las que se incluyan contenidos pornográficos de menores, un punto importante, puesto que permitirá bloquear el acceso a una web cuyo servidor se encuentre en el extranjero.
Entre los peligros a los que se enfrentan los menores en su empleo de las nuevas tecnologías está el acoso escolar a través de WhatsApp o grabaciones humillantes con el móvil. La intención es que estos actos puedan ser considerados delitos si alteran la vida normal del afectado.
Por último, la intención del Gobierno es incidir en la suplantación de la identidad en la Red, algo que no solo afecta a menores.