Una sentencia anula la inversión de un vigués en acciones del Banco Popular suscritas antes de 2016
VIGO

El fallo obliga a devolver más de 33.000 euros y abre la vía a que se puedan presentar más demandas
19 ene 2020 . Actualizado a las 01:01 h.El Banco de Santander, que compró por un euro el Banco Popular ante sus problemas de liquidez, sigue pagando sus platos rotos. Una sentencia reciente del juzgado de primera instancia número 2 de Vigo condena a la entidad que preside Ana Botín a devolver más de 33.000 euros que un particular invirtió en acciones.
Lo destacado del caso es que se trata de la primera sentencia dictada por un juzgado de Galicia que condena al banco a devolver la inversión de una compra de acciones anterior a la ampliación de capital llevada a cabo en 2016. Está demostrado que el Popular incurrió en graves defectos en las cuentas de aquel año. Cuando el banco quebró en 2017, los despachos se centraron en primer lugar en demandar por acciones adquiridas durante la última ampliación de capital. Pero esta última sentencia a raíz de la demanda presentada por el despacho vigués Bufete Gándara Moure demuestra que el banco venía arrastrando pérdidas de ejercicios anteriores, ofreciendo una imagen financiera que no se correspondía con la realidad. Ya entonces los problemas se escondían debajo de la alfombra. El abogado Pablo Guijarro Rodríguez considera que el fallo abre la vía a que se puedan presentar reclamaciones por acciones suscritas desde el año 2011, que es cuando el magistrado considera que hubo irregularidades.
La sentencia, contra la que cabe recurso ante la Audiencia provincial, analiza la evolución del Banco Popular desde la ampliación de capital llevada a cabo en 2012, afirmando que la entidad bancaria ofreció desde el año 2011 al 2015 una imagen externa de fortaleza y rentabilidad que «no se correspondía con la realidad». La sentencia continúa diciendo que, con la finalidad de ocultar su verdadera situación financiera, «decidió no provisionar de manera correcta la morosidad de sus clientes y la gran cantidad de activos tóxicos existentes, utilizando artificios contables». Respecto a la ampliación de capital de 2016, el magistrado considera que «resulta evidente que la situación financiera de Banco Popular que se publicitó en el folleto no era la real».
En este caso en concreto, el juez hace responsable al Santander, que absorbió el Popular, de indemnizar al demandante con 27.062 euros invertidos en 5.000 acciones del Banco Popular suscritas el 25 de abril de 2014 por el «incumplimiento de la obligación de la entidad financiera de procurar una información veraz sobre sus cuentas». También anula otras 4.810 acciones suscritas en junio de 2016 por un importe de 6.012 euros «por las informaciones incorrectas e inexactas y omisiones de datos relevantes del folleto informativo de la ampliación de capital realizada por Banco Popular». Del mismo modo, hace responsable al Banco de Santander.