Otra sentencia a favor de los bomberos: su derecho a huelga tampoco se respeta

a. martínez VIGO / LA VOZ

VIGO

Imagen de archivo de un camión de bomberos
Imagen de archivo de un camión de bomberos CARMELA QUEIJEIRO

Inspección da la razón a los trabajadores que mantienen Castrelos, obligados sin negociación previa a fichar en el museo y no en la caseta, como siempre

25 oct 2020 . Actualizado a las 14:23 h.

Se sabía, por sentencia firme, que los bomberos trabajan bajo el yugo impuesto de un decreto esclavista. Se sabe que esa sentencia, tres meses después, sigue sin ejecutarse. Se sabía también que otra sentencia tumbó los servicios mínimos impuestos a los bomberos tras convocar, en el 2019, la huelga indefinida que aún continua. Lo nuevo, desde ayer, es que esa primera sentencia que tumba los servicios mínimos ha sido ratificada en firme por el Tribunal Superior de Xustiza. El fallo supone un reguero de pellizcos de monja al Gobierno local de Vigo, ya no por socavar los derechos de sus funcionarios obligándolos a trabajar en días libres. También por impedir que hagan uso pleno del derecho a la huelga.

Añade la sentencia que el decreto impone usar el total de efectivos disponibles, dejando al margen el derecho de huelga: «Lo hace sin justificar esa necesidad de cobertura actual o próxima en el tiempo; sin mencionar siquiera razones de peligrosidad derivadas de la época estival en que se iba a desarrollar la huelga y sin exponer detalladamente el criterio seguido para fijar los servicios mínimos en el 100 % de los efectivos habituales en una jornada ordinaria. Lo que, como ya tuvo ocasión de establecer este Tribunal en numerosas sentencias, vacía de contenido el derecho de huelga».

La respuesta de los bomberos no se hizo esperar. Esta misma semana presentaron un escrito, firmado por 56 bomberos, dirigido al jefe del servicio de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento del Concello, Guillermo Domínguez. El texto recuerda la obligación de ejecutar la sentencia firme que ilegaliza el decreto laboral impuesto en su día por Carlos López Font, como edil de Seguridad Ciudadana, y mantenido por la concejala actual, la exministra Elena Espinosa. La réplica del jefe de área llegó por escrito. Primero expone que, dados las sentencias en contra, solicita al letrado del Ayuuntamiento la elaboración de un «informe actualizado sobre o estado da execución das citadas sentenzas». La firme, a la que aluden los bomberos, se conoció al inicio del verano. A mayores, la carta del jefe de esta área municipal alega que el juzgado no solicitó aún la ejecución de la sentencia, por lo que, se concluye, el Gobierno local no la aplicará hasta que se vea forzado.

A disgusto

Otro varapalo a la política de personal del Concello es un acta por un infracción grave promovida por la Inspección de Trabajo contra Recursos Humanos. La administración local obligó a los trabajadores del mantenimiento del parque de Castrelos a que acudieran a fichar al museo, cuando lo venían haciendo con todas las garantías legales firmando en la caseta del capataz, ya en la entrada del recinto. Lo hizo por imposición, sin que mediara una negociación previa. Comisiones Obreras lo denunció en febrero y la resolución acaba de llegar: «Queda acreditado que el Ayuntamiento de Vigo adoptó unilateralmente y sin consulta previa el sistema de registro de la jornada diaria de los trabajadores adscritos al servicio de jardines del parque de Castrelos», expresa el inspector en su informe. Para el representante de Comisiones, más importante que el hecho denunciado, es la actitud de falta de diálogo que impera durante los últimos años en los responsables municipales.

La ley dice que «mediante negociación colectiva o acuerdo de empresa o, en su defecto, decisión del empresario previa consulta con los representantes legales de los trabajadores se documentará este registro de jornada». Trabajo citó a la jefa de Recursos Humanos para pedirle explicaciones. La funcionaria argumentó que no había ningún acuerdo para mandar a los trabajadores a fichar al museo de Castrelos ni figura en el convenio, pero que sí se trató el tema en diversas reuniones, con lo que, en su opinión, se cumpliría el requisito de consulta previa. El alegato no convenció al inspector: «En ninguno de los documentos aportados por el Concello se justifica el cumplimiento del procedimiento, ni a través de negociación colectiva, ni de acuerdo con la empresa ni con la previa consulta a los representantes legales de los trabajadores».