Multan con 3 millones a empresas de Vigo por amañar la contratación de estibadores

e. v. pita VIGO / LA VOZ

VIGO

M.MORALEJO

La Audiencia Nacional exculpa a varios sindicatos en la carga de vehículos

31 mar 2023 . Actualizado a las 05:00 h.

Multas millonarias para cuatro operadoras o consignatarias del puerto de Vigo por una trama de colusión urdida para restringir la competencia en la contratación de estibadores ajenos a la Sagep que embarcaron coches sin matricular en el puerto de Vigo entre el 2010 y el 2016. La Audiencia Nacional ha sancionado con 1,48 millones de euros a Bergé Marítima SL, con 700.000 euros a Terminales Marítimas de Vigo SLU, con 490.000 a Pérez Torres Marítima SL y con 199.270 euros a Líneas Marítimas Españolas SA. En conjunto, las sanciones suman 2,86 millones por falsear el juego de la competencia.

En la sentencia publicada el 2 de marzo, la Audiencia Nacional elimina por falta de pruebas la responsabilidad y anula las multas de 170.000 euros impuestas a los sindicatos CC.OO. y UGT y otra de 70.000 a la CIG. Por su parte, la Sociedad Anónima de Gestión de Estibadores Portuarios de Vigo (Sagep) logró librarse de una multa de 100.000 euros porque la cuantía no estaba motivada. Otros sindicatos también vieron anuladas sus sanciones.

La sección sexta de la sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha confirmado una sanción de 1,48 millones de euros que impuso la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) a la operadora de buques Bergé Marítima SL por la realización de prácticas restrictivas de la competencia en la estiba. Le atribuyen una «infracción muy grave» por adoptar acuerdos con el fin de armonizar las condiciones de contratación de las empresas estibadoras para reservar en exclusiva o limitar de manera injustificada en favor del personal de Sagep de Vigo la prestación de los servicios de embarque y desembarque de vehículos, y de recepción y entrega de mercancías, entre el 2010 y el 2016, al eludir la nueva normativa liberalizadora.

En su día, la dirección de Competencia de la CNMC consideró que las empresas consignatarias y estibadoras sancionadas y la Sagep, en colaboración con los sindicatos con representación en el comité de empresa, adoptaron acuerdos anticompetitivos prohibidos. Entiende que alteraron sin amparo legal el funcionamiento del mercado de la prestación de los servicios complementarios de la estiba y de su ejercicio, así como la carga y descarga de vehículos a motor sin matricular en el puerto de Vigo «al imponer unas condiciones uniformes y claramente restrictivas de la competencia en la contratación de trabajadores para la prestación de dichos servicios no portuarios», que estaban liberalizados por ley. La CNMC descubrió que solo permitían la contratación libre en caso de exceso de demanda cuando la plantilla de la Sagep hubiese doblado.

La trama tenía como objeto bloquear o restringir indebidamente la contratación por las empresas de trabajadores ajenos a la Sagep, «eliminando la autonomía contractual de los operadores presentes en el mercado». La sala añade que el pacto incluía diversas obligaciones de la Autoridad Portuaria de Vigo en relación a la emisión de licencias o autorizaciones para realizar actividades en el puerto, imponiendo el uso por las empresas autorizadas de personal integrado en los censos de la SEED o de la Sagep.

El fallo señala que las empresas no pueden alegar que sufrieron medidas de presión por parte de los trabajadores con huelgas salvajes y boicots. En todo caso, indica, tuvieron la oportunidad de denunciarlo.

La sentencia, que es susceptible de recurso de casación, impone a Bergé Marítima las costas procesales.