Absuelven de estafa a un ejecutivo que borró con típex su nombre como administrador solidario

E. V. pita VIGO / LA VOZ

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Imagen de archivo de la Cidade da Xustiza de Vigo
Imagen de archivo de la Cidade da Xustiza de Vigo M.MORALEJO

La Audiencia concluye que la trampa fue tan burda que no engaña a nadie

12 oct 2024 . Actualizado a las 05:00 h.

Un ejecutivo de Vigo cubrió con típex su mención en un documento en el que figuraba como administrador solidario de una empresa, condición que le obligaba a responder con sus bienes si su socio fallaba. Fue descubierto y lo denunciaron por intentar ocultar al juzgado de lo mercantil dicha condición en un pleito contra otro socio pero tanto la jueza como la Audiencia han archivado la denuncia porque la alteración era tan «burda» que «no engaña a nadie». En el documento original, el ejecutivo figuraba como administrador solidario y la otra parte se quejó de que quiso omitir u ocultar su condición con aquel «burdo método».

En marzo, el Juzgado de Instrucción número 6 de Vigo examinó el caso y lo archivó provisionalmente. El engaño era tan burdo que la jueza rechazó de inmediato el delito de falsedad documental. Había otra posibilidad que es que el implicado quisiese engañar al juez de lo mercantil (estafa procesal o manipulación de pruebas en un juicio) porque en las resoluciones viene a omitir toda referencia a dicha imputación.

Dicho asunto se estudió en el recurso de apelación. La Quinta Sección de la Audiencia de Pontevedra, con sede en Vigo, en una sentencia del 22 de mayo, también descarta el delito de estafa procesal porque se trata de una «manipulación susceptible de doblegar, mediante el engaño, la voluntad o criterio del órgano judicial encargado del procedimiento en el que presenta el documento. Y si tal alteración o engaño es tan burdo, que es apreciable de una forma general, no podríamos apreciar la existencia de esta estafa». La Audiencia confirma el sobreseimiento acordado por la jueza de instrucción al no apreciar un delito.