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La jueza dice que los mensajes con proposiciones que le mandaba el jefe a la subalterna no eran intimidantes y que, además, es la palabra de ella contra la de él, que lo negó todo
30 ene 2025 . Actualizado a las 05:00 h.Un empresario de Vigo acusado de acoso sexual en el ámbito laboral a una oficinista con discapacidad ha sido absuelto. Así lo señala una sentencia del Juzgado de lo Penal número 1 de Vigo dictada el 8 de noviembre. El directivo afrontaba una petición de pena de 22 meses de cárcel y el pago de 7.500 euros a la víctima por los daños morales, las secuelas y las lesiones. La trabajadora decía que el jefe le enviaba mensajes insinuantes y proposiciones sexuales cuando ella estaba de baja, que le rechazó y fue despedida.
La jueza sostiene en su sentencia que la empleada prestó servicios como administrativa en una empresa de servicios informáticos de Vigo. En el 2020, en pleno confinamiento, la empleada causó baja temporal por un accidente común y, casi un año después, se reincorporó. Medio año después, tuvo una nueva baja por incapacidad y ahora está en incapacidad permanente para su profesión. Fue despedida en mayo del 2023 y, dos meses después, interpuso una querella contra su jefe porque, según ella, en la cena de Navidad, el jefe le dijo que nunca había tenido relaciones sexuales con una discapacitada. Desde entonces, decía la mujer, su superior le mandaba mensajes por WhatsApp para invitarla a tener sexo. La denunciante aportó pantallazos en el juicio.
La jueza concluye que «no está acreditado que el acusado, con su actuar, provocara en la trabajadora, que ya padecía un trastorno depresivo mayor, una situación gravemente intimidatoria, hostil o humillante».
La magistrada aclara que es la palabra de uno contra la de otro, pues el jefe siempre lo negó todo. Y los pantallazos no incluyen la charla íntegra. Además, la mujer contó a la forense que los hechos empezaron en octubre del 2022 y en el juicio lo situó en la Navidad, por lo que no hay concordancia de su propia versión. Por ello, la jueza no llega a la certeza y contundencia que se exigen para una condena penal y la duda favorece al acusado, por lo que le absolvió.