Condenado un adolescente por agredir sexualmente a una niña de 13 años en un portal de Vigo
VIGO

La Audiencia en Vigo confirma dos años de internamiento en régimen cerrado, así como el pago de 12.000 euros a la víctima, que sufre secuelas psíquicas
24 abr 2025 . Actualizado a las 20:28 h.La Quinta Sección de la Audiencia de Pontevedra, con sede en Vigo, en una sentencia del 29 de enero del 2025, ha confirmado la condena de dos años de internamiento a un adolescente de 15 años que agredió sexualmente a una niña de 13 que vivía en el mismo edificio de Vigo, pero en portales distintos. La convenció para que lo acompañase al hueco de las escaleras del portal de ella, donde la forzó y la dejó con un trauma psicológico. No contaba con que las cámaras de vigilancia grabaron el paso de ambos por el portal, lo que fue una prueba clave del caso. El joven fue condenado por el Juzgado de Menores número 1 de Pontevedra a dos años de internamiento en régimen cerrado, al pago de 12.000 euros a la víctima, que sufrió secuelas psíquicas, y a alejamiento y asistencia a un programa de reeducación sexual.
La magistrada de Menores de Pontevedra vio probado que la perjudicada, de 13 años, vivía en el mismo edificio que su agresor sexual, de 15 años, en el mismo edificio, pero en otro portal. Los menores no se conocían de nada a pesar de la proximidad de sus respectivas viviendas. El 27 de abril del 2023, la víctima bajó a las diez de la noche a la calle, delante de su portal, porque otra amiga, de 15, estaba con otros dos jóvenes y la llamó para que se uniera a la reunión. Luego se les acercó el quinceañero expedientado, al que no conocían y con el que las dos menores intercambiaron sus Instagrams. El adolescente besó con consentimiento a la perjudicada y trató de convencerla de que, cuando sus padres se quedasen dormidos, bajase a la calle, a lo que ella se negó. Intentó quedar al día siguiente en el portal del chico, pero ella, que bajó con su perro, se negó. El adolescente la convenció para que accedieran ambos al portal de la chica, y una cámara de vigilancia los grabó entrando a media tarde. El joven entró primero y se dirigió al hueco de las escaleras y, detrás, le siguió la víctima con su perro. Él la besó y tocó y ella le reprochó el comportamiento y le recalcó que solo accedió a quedar con él para hablar y sentándose en los peldaños de la escalera.
El menor no aceptó la negativa de la niña y la cogió del antebrazo derecho, forcejearon y la forzó sexualmente. Cuando el perro de la perjudicada empezó a ladrar la soltó porque continuamente en el portal entraban otros vecinos y oían los ladridos. Pero la menor no pudo escapar porque él la empujó al suelo y quiso seguir forzándola, aunque ella se resistió. Él le exigió que salieran separados del portal y que no contase nada aunque la menor le relató los hechos a su amiga al día siguiente.
La abuela sospechó que su nieta había sido agredida sexualmente y denunció al joven, al que la Policía Nacional detuvo en su casa. En el hospital, los médicos apreciaron pequeños hematomas en el cuerpo de la perjudicada y diagnosticaron agresión sexual. Sin embargo, la menor sufrió secuelas psíquicas que requirieron seis meses de curación. Tenía síntomas recurrentes e invasivos de tipo intrusivo, conductas de evitación sistemática, y un estado de hipervigilancia en relación con los estímulos que recuerdan el trauma, trastornos depresivos y disociativos.
El Juzgado de Menores número 1 de Pontevedra impuso al menor como autor de un delito de agresión sexual y un delito leve de lesiones la medida reformadora de 2 años de internamiento en régimen cerrado, seguido de una medida de libertad vigilada por un tiempo de 12 meses con la obligación de participar en un programa de educación sexual y de educación e Igualdad.
Además, el juez prohibió al menor expedientado aproximarse durante dos años a la víctima a menos de 40 metros, comunicarse con ella por dos años y pagarle una indemnización de 6.000 euros por las lesiones físicas y psíquicas causadas y otros 6.000 mil euros por las secuelas sufridas.
La sentencia también le obligó a pagar 361 euros al Sergas por la asistencia sanitaria prestada a su víctima.
El adolescente expedientado recurrió ante la Quinta Sección de la Audiencia de Pontevedra, con sede en Vigo. Alegó que las cámaras de vigilancia muestran como ambos se dirigen al hueco de las escaleras sin intimidación ni presión.
La Audiencia desestima la apelación porque le da verosimilitud al relato de la víctima y, además, el Sergas le diagnosticó una secuela grave hasta el punto de que un año después vio a su agresor de lejos y la víctima comentó que «sintió la necesidad de autolesionarse».