El juzgado archiva la querella contra los vecinos de Oia por el polémico vial de Cabo Estai

La Voz VIGO / LA VOZ

OIA

Xoán Carlos Gil

El auto judicial, no firme, ha sido recurrido por los denunciantes

03 oct 2025 . Actualizado a las 05:00 h.

El conflicto urbanístico de Cabo Estai suma un nuevo capítulo judicial. El Juzgado de Instrucción número 2 de Vigo ha decretado el sobreseimiento provisional y archivo de la querella interpuesta por cinco miembros de una conocida familia de la zona contra la asociación de vecinos y su presidente. Los denunciantes reclamaban una indemnización de 170.000 euros por supuestas calumnias e injurias difundidas en redes sociales y medios de comunicación en el marco de la oposición vecinal a la construcción de un vial polémico junto al mar.

La magistrada concluye en el auto que los hechos «no revisten carácter de delito», al no apreciarse expresiones vejatorias ni ánimo de injuriar. Considera que las manifestaciones realizadas fueron críticas y juicios de valor amparados por el derecho a la libertad de expresión, dado el interés general que despierta la defensa de un espacio natural. Además, el juzgado subraya que la mayor parte de las publicaciones aportadas como prueba procedían de la página «Caboestai historia de la vergüenza y pelotazo urbanístico», que no pertenece a la asociación vecinal, por lo que no pueden ser atribuidas a los querellados.

El auto recuerda asimismo que algunos de los hechos denunciados ya habían sido objeto de un procedimiento anterior, con sentencia dictada en 2023 y ratificada en 2024, de modo que no pueden volver a enjuiciarse.

Los demandantes han presentado un recurso contra el auto judicial que desestima su denuncia.

La Audiencia Provincial de Pontevedra inadmitió la querella de la Fiscalía contra 16 personas —entre ellas seis técnicos municipales— por la ejecución del vial y la concesión de licencias en la zona, que habían levantado las críticas vecinales. El tribunal estimó que el Ministerio Público recogía hechos «abstractos, sin fecha ni relevancia penal» y que «no había ni un solo indicio de delito».