Anulan la deuda de una tarjeta oro porque el contrato era de «difícil lectura»
VIGO CIUDAD
La Audiencia corrige a un juez de Vigo que vio todo legal y concluye que el contrato era ilegible por su letra pequeña y las cláusulas de cálculo de intereses camufladas
20 oct 2024 . Actualizado a las 18:49 h.La Audiencia en Vigo ha declarado la nulidad de un contrato de Tarjeta Oro suscrita en el 2005 porque la letra no se leía bien. La razón es que las cláusulas importantes del contrato, que regulaban la forma de calcular los intereses y sistemas revolving, «no están destacadas ni explicadas convenientemente, sino que figuran [...] con una letra de difícil lectura, y en unión a muchas otras cláusulas que impide su percepción». La sala recalca que el contrato «no realizaba llamadas de atención a las cláusulas relevantes del contrato, dificultando una mínima comprensión por el consumidor en términos razonables. Es decir, el contrato no es legible». La entidad tendrá que devolver las cantidades abonadas que excedan del capital prestado.
Esta sentencia fue dictada el 15 de julio por la Sexta Sección de la Audiencia de Pontevedra. Revoca y corrige otra del Juzgado de Primera Instancia número 8 de Vigo del 2022, en la que el juez absolvía a la financiera Bankinter Consumer Finance. En su día, el juez vigués dijo que la TAE (precio que el banco cobra por prestarnos el dinero más gastos y comisiones) no era usuraria y descartó un error o la falta de consentimiento.
El perjudicado apeló a la Audiencia porque la entidad financiera no aportó las liquidaciones para verificar si la TAE era incorrecta. Recordó que una de las cláusulas no había superado el control de inclusión ni de transparencia material. Y la Audiencia le dio la razón: el contrato de la tarjeta de crédito Tarjeta Oro Línea Directa Capital One de Bankinter no era usurario pero no superó el control de transparencia por ser ilegible.