El Tribunal Supremo aclara que el empleado sí tenía derecho a la prestación por desempleo debido a que la reducción de jornada en la que se basaba el servicio de empleo «no fue una decisión del trabajador ni un acuerdo con la empresa»
Una sentencia del Tribunal Supremo le da la razón en parte al anular una expresión con la que el Servicio de Empleo le negaba además el acceso a otras prestaciones «por el agotamiento del derecho extinguido»
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