Una ordenanza en vigor desde 2018 recoge restricciones para el acceso de perros a playas en Foz
A MARIÑA

Aunque es una norma de aplicación general en los arenales, en los de A Rapadoira y A Pampillosa también se aplican medidas complementarias por la cría de la píllara
17 jun 2025 . Actualizado a las 05:00 h.La Policía Local de Foz tramitó el fin de semana al menos tres denuncias, una en Peizás y dos en la playa de A Rapadoira, por la presencia de perros en distintos arenales donde su presencia está prohibida en determinadas épocas del año.
La medida no es nueva, sino que se recoge en la Ordenanza Reguladora do Uso das Praias de Foz, en vigor desde el 15 de septiembre de 2018. En su artículo 19.4 se recoge: «Prohíbese o tránsito e a permanencia de calquera tipo de animal nas praias do concello perante todo o ano, a excepción do período comprendido entre o 15 de outubro e o 15 de maio, ambos inclusive».
También con respecto a los animales de compañía, la normativa contempla otras medidas complementarias: «Nas praias de A Rapadoira e da Pampillosa, polo anidamento da píllara, non se poderá pasear nin levar cans nin outros animais dende o 15 de marzo ata o 15 de xullo».
La misma ordenanza, en un artículo referente a animales de compañía, recoge que «quedan exceptuados desta medida os cans lazarillos ou guía que acompañen a persoa deficiente visual na forma establecida pola normativa aplicable, quedando esta persoa obrigada a exhibir a documentación do can guía que o acompañe, a solicitude do responsable do lugar público correspondente. Os cans lazarillo ou guía deberán levar visible o distintivo oficial indicativo de tal condición».
Tupide
De estas prohibiciones queda excluido únicamente a lo largo de todo el año un arenal del municipio, el de Tupide, pero también en el mismo los dueños de perros deberán tener en cuenta varias obligaciones, como la de llevarlos atados.