Siete condenados y un absuelto tras un juicio por tráfico de cocaína y hachís en A Mariña

La Voz

A MARIÑA

Audiencia Provincial de Lugo
Audiencia Provincial de Lugo ALBERTO LÓPEZ

La Audiencia les impone a los autores confesos de los hechos un año y medio de cárcel y multas que oscilan entre los 7.000 y los 18.000 euros

27 jun 2025 . Actualizado a las 10:39 h.

La Audiencia Provincial de Lugo ha condenado a siete personas como autoras de un delito contra la salud pública, consistente en la venta de hachís y cocaína en A Mariña lucense, y ha declara la absolución de un octavo acusado, al entender que hay sospechas fundadas sobre su implicación en esta actividad ilícita, pero no pruebas suficientes para enervar la presunción de inocencia. A todos los condenados se les impone una pena de un año y seis meses de prisión.

La acusación se dirigía contra (todos nombres ficticios con los que se les identifica en la sentencia) Rebeca (nacida en el 1978 en la provincia de A Coruña), Juan Enrique (nacido en el 1983 en Marruecos), Olegario, Milagros (nacida en el 1981 en la provincia de Lugo), Luis Ángel (nacido en el 1974 en la provincia de Lugo), Rodolfo (nacido en el 1967 en Asturias, y condenado con anterioridad por un delito relacionado con el narcotráfico, a tres años de cárcel y multa de 130.000 euros, sin que conste su cumplimiento) y Bernabé (nacido en el 1985 en Portugal).

La Audiencia lucense impone a Rebeca, Juan Enrique y Luis Ángel multas de 10.758 euros; a Milagros, Rodolfo y Olegario, sanciones de 6.939 euros; y a Bernabé una penalización económica de 17.697 euros. Abelardo (nacido en el 1983 en la provincia de Lugo), también en este caso llamado con nombre falso, queda eximido del delito que se le imputaba.

Tramitó las diligencias el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Viveiro. La investigación, a cargo de la Unidad Orgánica de la Policía Judicial, sirvió para descubrir un punto de venta de sustancias estupefacientes en una localidad mariñana, en el domicilio de dos de los acusados, y mediante observaciones telefónicas autorizadas judicialmente, se constató la existencia de una red para el aprovisionamiento y venta de las sustancias ilícitas.

Como consecuencia de las pesquisas, se registraron cuatro domicilios. En uno de ellos, perteneciente a Rebeca y Luis Ángel, se localizaron unos trece gramos de cocaína con distintos niveles de riqueza, y un valor conjunto estimado en el mercado ilícito de 3.479 euros, y 6,7 gramos de resina de cannabis, susceptibles de ser vendidos por unos 45 euros. Estas sustancias eran distribuidas en el portal del piso.

En el domicilio de Milagros y Abelardo se encontraron 25 gramos de cocaína, con un valor estimado de casi 6.800 euros. También 26 gramos de resina de cannabis, valorados en 178 euros.

La Fiscalía, que solicitaba cinco años de cárcel para cada uno de los acusados, rebajó sus pretensiones iniciales, teniendo en cuenta que en el caso de todos los procesados concurre el atenuante de drogadicción, y siete de los procesados, todos a tratamiento de desintoxicación, admitieron los hechos. La defensa del ahora eximido solicitó la libre absolución. La Audiencia lucense entiende que «no ha resultado debidamente acreditada la participación» de este último en la venta de hachís y cocaína a terceras personas.

Abelardo negó su participación en los hechos, asegurando que «podía suponer» el tráfico de drogas que hacía Milagros, pero «que esas cosas no las hacía delante de él». Sí admitió que la llevaba en su furgoneta, parando en una ocasión a ambos la Guardia Civil y encontrándole al exculpado una bolsita de cocaína en la ropa interior. Él alegó que la había comprado y que era para consumo propio, y aunque las conversaciones telefónicas refuerzan la sospecha de que había más droga no incautada en ese momento, y que podía pertenecer también al ahora eximido, las investigaciones no tienen la suficiente solidez para inculparle. «No hay pruebas suficientes para fundamentar su condena sin género de duda razonable», zanja la resolución.