La Audiencia rechaza las peticiones de seis y cinco años de cárcel realizadas por la acusación particular y la Fiscalía, al no ser necesaria una amputación total
14 nov 2025 . Actualizado a las 05:00 h.Un hombre joven, de casi 30 años de edad, evitará la prisión aunque pagará 11.974 euros a otro por haberle arrancado de un mordisco parte de un dedo en el transcurso de una pelea. Así lo ha resuelto la Audiencia Provincial de Lugo.
Según los hechos probados, el suceso ocurrió el 12 de agosto del 2022, sobre las 2.00 horas, en el exterior de un establecimiento hostelero de Foz. El condenado y la víctima, que habían tenido un problema previo, se encontraron y se enzarzaron en una pelea, acometiéndose mutuamente. Ambos cayeron al suelo, donde siguieron propinándose golpes, y en un momento dado, el acusado mordió el dedo índice de la mano izquierda del otro varón, hasta arrancarle parte de la falange distal del mismo.
Como consecuencia de los hechos, el perjudicado «sufrió un traumatismo craneal sin pérdida de conocimiento y la amputación parcial por mordedura en falange distal del segundo dedo de la mano izquierda», resalta la sentencia. El afectado necesitó para sanar de una primera asistencia, de tratamiento médico y de cirugía para confeccionar el muñón, de analgesia, antibioterapia y curas, con un tiempo de curación estimado de 80 días, 19 de perjuicio personal moderado y otros 61 de perjuicio personal básico. Quedaron secuelas que ocasionan un perjuicio estético ligero.
La Fiscalía pidió para el acusado, cinco años de prisión, una indemnización de 8.000 euros para la víctima y una reparación de 1.245 euros al Sergas por la atención prestada.
La acusación particular reclamaba seis años de prisión y 21.000 euros de indemnización, al realizar una diferente valoración de las lesiones sufridas.
En ambos casos, las peticiones de prisión fueron elevadas dado que concurre la agravante de reincidencia, puesto que el acusado fue condenado ya en el 2019 por la Audiencia Provincial de Lugo, en sentencia firme, por un delito de lesiones.
La defensa negó los hechos y solicitó la libre absolución.
Durante el juicio declararon varios testigos, que relataron versiones diferentes y hasta contrapuestas, aunque de suma violencia. De las testificales se extrae que la víctima o personas de su entorno blandieron un cuchillo, aunque sin causar heridas, que amigos del acusado golpearon al perjudicado mientras estaba en el suelo, encima del encausado, y que en un momento dado el demandante gritó de dolor y que el procesado escupió, viendo después el trozo de dedo en un charco de sangre.
La Audiencia considera acreditado que los hechos probados son constitutivos de un delito de lesiones, pero no de tipo cualificado, como pedían la Fiscalía y la acusación particular, pues resalta que «no hubo una amputación total del dedo» ni una «inutilidad de un órgano o miembro» derivada del suceso, ni tampoco deformidad. De este modo, la condena de cárcel es de un año y nueve meses de prisión.
Tampoco accede la Audiencia a la petición de absolución del encausado, que aseguraba haber actuado en legítima defensa. Alegaba además haber confesado los hechos, pero el órgano judicial colegiado considera que no es suficiente para exculparle.
Finalmente, la indemnización a pagar se cuantifica en 11.974 euros al contabilizarse 6.003 por perjuicio estético (seis puntos), 2.007 por 61 días de perjuicio básico, 1.083 por 19 días de perjuicio moderado, y 2.879 euros por la secuela. Además, el condenado deberá resarcir al Sergas con 1.245 euros. Contra la sentencia cabe recurso de apelación.