Un juzgado obliga a una empresa de A Coruña a controlar la ira de su capataz
A CORUÑA
![Sede del TSXG](https://img.lavdg.com/sc/Kj7IJ_Ec2odFsGZv5yMR2_-2meo=/480x/2024/11/13/00121731517261340106216/Foto/i_20231208_180345000.jpg)
La sociedad deberá resarcir a un trabajador con 15.000 euros por acoso laboral
31 ene 2025 . Actualizado a las 05:00 h.Un trabajador que se sentía perseguido, vituperado y atacado por su empresa y, especialmente, por uno de sus capataces, presentó una demanda por acoso laboral ante el Juzgado de lo Social número 1 de A Coruña. La Justicia le dio la razón y no solo condenó a la mercantil a indemnizar al trabajador con 15.000 euros, sino que exigió a la sociedad que controle el carácter del jefe directo del demandante y que «cese de inmediato sus actuaciones constitutivas de acoso laboral».
El empleado, que contrató los servicios del bufete Norte Abogados, tenía una antigüedad en la empresa de 10 años con categoría profesional de oficial de primera. Uno de sus compañeros fue nombrado capataz en el 2021 y ahí comenzaron los problemas.
Siete trabajadores, entre ellos el demandante, presentaron ante la dirección de la empresa un escrito en el que entre otras cuestiones se hacía referencia a «faltas de respeto por parte de los encargados, y amenazas».
A los pocos meses, el trabajador presentó una demanda en materia de clasificación profesional frente a la sociedad en la que solicitaba estar encuadrado en la categoría profesional de oficial de primera. Pero el juzgado la desestimó.
Poco después, el mismo trabajador reclamó a la empresa por vía judicial el plus de turnicidad. El juez también rechazó estas pretensiones.
Ya en marzo del 2023, la dirección y la representación legal de los trabajadores llegaron a un acuerdo por el que, entre otros extremos, se acordaba que en el centro de trabajo de A Coruña seis trabajadores, entre ellos el demandante, pasarían a ser oficiales de primera.
Según la sentencia, la empresa tomó la decisión de no ofrecer horas extraordinarias a los trabajadores que decidieron reclamar una categoría profesional superior. «Esta actuación supuso una reducción del salario de los empleados afectados hasta en un 40 %», según manifestó el representante legal de aquellos.
Horas extras
Al respecto, el titular del Juzgado de lo Social número 1 sostiene que «la empresa actuó de forma discriminatoria, reaccionando ante una reclamación de categoría y posterior demanda judicial. Esto se considera un hecho probado por la proximidad en el tiempo entre la reclamación de los trabajadores y la decisión de la empresa de suprimir sus horas extraordinarias». Recuerda el magistrado a la sociedad «la imposibilidad de adoptar medidas de represalia derivadas del ejercicio por el trabajador de la tutela de sus derechos, lo que supone una infracción administrativa grave en materia laboral». Por ello, la empresa fue sancionada con 7.500 euros.
Desde que el capataz fue ascendido a ese puesto «se han producido numerosas ocasiones en las que se ha dirigido de forma despectiva a al demandante». Cuando aquel se reunía con otros trabajadores se refería al empleado con expresiones como «inútil, me cago en su puta madre, le voy a joder, voy a ir a por él...». En otra ocasión se dirigió al demandante advirtiéndole que «iba a acabar con él». Asimismo, «evitaba dirigirle la palabra remitiéndole en ocasiones al otro encargado para que le diese las instrucciones de trabajo». Además, le encomendaba «labores o tareas más difíciles o penosas, como barrer a mano o bajar a bodegas».
A raíz de esos episodios, el trabajador cogió una baja por «ansiedad ante la situación laboral que soportaba».