Prohibido entrar en la catedral y comparecencia semanal en el juzgado

La Voz

CULTURA

31 ene 2013 . Actualizado a las 07:00 h.

La libertad provisional que la Audiencia Provincial ha concedido para Manuel Fernández Castiñeiras tiene algunos deberes. El más destacado de ellos es que al acusado «se le impone la prohibición de entrar y de permanecer en la catedral de Santiago de Compostela o en cualquiera de sus edificios y dependencias anejas».

Otra de las obligaciones que se le ha impuesto a Castiñeiras es su comparecencia semanal ante el juzgado número 2 de Santiago o el que esté de guardia en el caso de no ser día hábil. El pasaporte del autor confeso del robo del Códice quedará en posesión de las autoridades y tampoco podrá abandonar el territorio español.

La abogada aseguró en el exterior de la cárcel de Teixeiro que estas condiciones no son importantes y que su defendido «podría presentarse ante el juez todos los días si hiciese falta».

En el auto se explica que desde el momento de su ingreso en prisión la condición de peligro para la causa ha cambiado de manera sustancial: «Transcurridos ya más de seis meses el peligro que justifica la persistencia de la privación de libertad ha de aparecer como seriamente probable».

El auto de la Audiencia también da por hecho que en estos casi siete meses «se han adoptado las medidas de seguridad y control precisas para evitar que el imputado -o cualquier otra persona no autorizada-, de ser puesto en libertad, acceda a los recintos de la catedral o edificaciones adyacentes donde se guardan objetos o bienes de valor». La Audiencia considera que el riesgo ha disminuido y, por ello, accede a la libertad provisional.