El Gobierno endurecerá los requisitos para la jubilación flexible pero subirá la pensión

lucía palacios MADRID / COLPISA

ECONOMÍA

CESAR QUIAN

Sube del 25 al 40 % el mínimo de la jornada exigido para reincorporarse a la actividad con un trabajo a tiempo parcial

18 jun 2025 . Actualizado a las 19:08 h.

El Gobierno sigue explorando fórmulas para alargar la vida laboral de los trabajadores de cara a aliviar el sistema de pensiones, que afronta sus décadas más tensas con la llegada de la jubilación del baby boom. Para ello, una vez reformada la jubilación anticipada, la demorada, la activa y la parcial, le faltaba por modificar la jubilación flexible, esa modalidad que permite retornar al mercado de trabajo con un empleo a tiempo parcial a quienes ya disfrutan de la jubilación.

Y ya hay una propuesta encima de la mesa. El Ministerio de Seguridad Social ha presentado a los sindicatos y a la patronal un proyecto que endurece las condiciones de acceso a los jubilados para volver a la actividad pero a cambio de recibir una mayor pensión. Más concretamente, el departamento dirigido por Elma Saiz plantea elevar al 40 %, desde el 25 % actual, el porcentaje mínimo de jornada necesario para la jubilación flexible, pero la cuantía de la parte de la pensión que seguirá recibiendo puede aumentar hasta un 20 %, según consta en el borrador de real decreto ley que adelantó ABC y al que ha tenido acceso este periódico.

Pensión más generosa

Es decir, aquellos jubilados que se arrepientan de su decisión de haber dejado un empleo y quieran volver a la actividad, o bien aquellos que necesiten unos ingresos extras, o bien aquellos que tomen la decisión de emprender y abran un negocio tendrán que trabajar más horas pero cobrarán una pensión más generosa. Y es que la jornada de trabajo realizada por el pensionista deberá estar comprendida entre un 40 y un 80 % en relación con la de un trabajador a tiempo completo comparable, frente a la actual horquilla, que oscila entre el 25 % y el 75 %.

El importe de la pensión del trabajador se reducirá en proporción inversa a la reducción de la jornada de trabajo por el pensionista, en relación a la de un trabajador a tiempo completo comparable. Pero en aquellos casos en que se haya esperado al menos seis meses para reincorporarse a un empleo a tiempo parcial, recibirá un incentivo que aumentará la pensión que reciba. Así, la prestación que le correspondería (por ese porcentaje de jornada que no trabaje) aumentará un 10 % si su jornada parcial se sitúa entre el 40 % y menos del 60 % y se elevará un 20 % si la jornada oscila entre el 40 % y el 80 %, según recoge el documento de ocho páginas.

Compatible con el plus por hijos

Pero también se abre la puerta a que los autónomos opten por este tipo de jubilación y, en este caso, cuando la pensión se compatibilice con una actividad por cuenta propia, el importe de la pensión a percibir será del 20 %. Sin embargo, se les exigirá no haber estado de alta como autónomos en los cinco años previos al retiro. El importe de la pensión de jubilación compatible con la actividad por cuenta ajena o propia incluirá el complemento por maternidad o reducción de la brecha de género, cuando se perciba, y se excluirá el complemento para pensiones inferiores a la mínima.