La Fiscalía fuerza al juez Andreu a dejar en libertad a los piratas detenidos en el Índico

ESPAÑA

09 may 2009 . Actualizado a las 02:00 h.

Horas después de haber decretado la prisión provisional de los siete piratas somalíes detenidos en la madrugada del miércoles por el buque de la Armanda española Marqués de la Ensenada en el marco de la operación Atalanta, el juez de la Audiencia Nacional Fernando Andreu se ha visto forzado a decretar su libertad tras el cambio de criterio de la Fiscalía, que ha retirado la acusación contra ellos y pidió ayer su entrega a las autoridades de Kenia.

El titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 dictó ayer mismo un auto en el que critica con dureza la decisión del ministerio público. Andreu se opone a ceder la competencia al país africano y decide mantener abiertas las diligencias de investigación. Esta decisión también afecta a los últimos siete piratas detenidos en la tarde del jueves. Todos ellos quedarán en libertad.

El juez Andreu sostiene en su auto que «es indiscutible la competencia de este órgano judicial y de la jurisdicción española para su enjuiciamiento, y el no previsible, sino absolutamente probable riesgo de fuga que concurre en el presente caso».

El rechazo de la petición de entrega de los detenidos a Kenia lo argumenta diciendo que «si el juzgado la admitiera, quebrantaría los principios constitucionales básicos del proceso y las garantías a las que se ven sujetos los detenidos».

Cambio de criterio

La Fiscalía justifica su cambio de criterio sobre este tema en que con posterioridad a la petición de ingreso en prisión de los detenidos tuvo conocimiento del canje de notas entre la Unión Europea y Kenia del pasado 25 de marzo, según el cual «procede entregar a las personas detenidas a las autoridades competentes de Kenia a fin de colaborar con el procedimiento judicial».

A eso responde el titular del Juzgado Central número 4 en su auto diciendo que la decisión del Consejo de la Unión Europea al que alude el fiscal no afecta, ni puede afectar, a personas que se encuentran inmersas en un procedimiento judicial abierto por la jurisdicción española, a las que se les ha imputado la comisión de delitos de carácter muy grave y respecto de las que se han adoptado medidas cautelares».

Sigue argumentando el instructor que por todo ello «tampoco procede el archivo de las actuaciones, ya que el Estado Mayor de la Defensa ha venido a denunciar, ante este juzgado, unos hechos que serían constitutivos de delito y sobre los que la jurisdicción española tiene plena e indiscutida competencia, existiendo la ineludible obligación por parte de este instructor de continuar las investigaciones tendentes a determinar la naturaleza y circunstancias de los hechos».

A pesar de esta negativa a dejar la causa, Fernando Andreu concluye admitiendo que después de la resolución adoptada -la puesta en libertad de los detenidos-, las posibilidades de enjuiciamiento de los inculpados son más bien nulas.