El debate de la abdicación, más abierto que nunca

Enrique Clemente Navarro
enrique clemente MADRID / LA VOZ

ESPAÑA

Los catedráticos de Derecho Constitucional se dividen sobre la conveniencia o no de que el rey ceda el paso a su hijo

22 abr 2012 . Actualizado a las 06:00 h.

El viaje del rey a Botsuana puso sobre la mesa el debate acerca de si el monarca debe abdicar por su edad, 74 años, e incluso por su comportamiento. Los constitucionalistas consultados por la Voz destacan que la abdicación no está regulada legalmente y se dividen al pronunciarse a favor en contra.

¿Cómo está regulada la abdicación en la legislación española?

No está regulada. Pero el artículo 57.5 de la Constitución establece que «las abdicaciones y renuncias y cualquier duda de hecho o de derecho que ocurra en el orden de sucesión a la Corona se resolverán por una ley orgánica». Pero está aún pendiente, por lo que no hay ningún procedimiento establecido para formalizarla y habría que acudir a los principios en que se basa la monarquía parlamentaria, según Torres del Moral. Yolanda Gómez sostiene que la literalidad del artículo «muestra que lo que se exige es que, cuando el monarca comunique su decisión de abdicar, la renuncia se tramite mediante una ley orgánica, por tanto con mayoría reforzada para la aprobación final del texto».

¿Es una decisión totalmente voluntaria del rey?

Sí. Nadie puede obligarle a abdicar jurídicamente, aunque, según señala Roberto L. Blanco Valdés, de la Universidad de Santiago, «otra cosa distinta es que el presidente del Gobierno y los líderes políticos puedan llevar a su ánimo su conveniencia, de una manera totalmente informal». Según Torres del Moral, las Cortes deben examinar el escrito de abdicación para comprobar que no ha sido forzado a hacerlo ni ha esgrimido un argumento que consideren erróneo.

¿Debería abdicar don Juan Carlos?

Eduardo Vírgala considera que su edad, 74 años, «aconseja que se retire y, por lo tanto, abdique», pero también sus últimas actuaciones, la cacería o el caso Urdangarin. Blanco Valdés considera que «ha llegado el momento de plantearse abiertamente la abdicación». Asegura que, si se confirmara la supuesta mediación del monarca para favorecer los negocios de su yerno, «sería la puntilla para que se marchase definitivamente».

Vírgala sostiene que el príncipe tiene ya una edad madura y «podría entrar a reinar sin la carga de los últimos escándalos». Añade que «no debe hacerse inmediatamente, pero podría aprovecharse el 75.º aniversario del rey». Para Gómez, el viaje a Botsuana «no es motivo ni jurídico ni político para plantearse su abdicación, ya que comunicó su salida del país y, pese a su repercusión en la opinión pública, no ha habido ningún tipo de incumplimiento de los usos habituales de relación entre la Corona y el Gobierno». Arbós no cree que por lo ocurrido deba abdicar, pero «sí se debe regular la sucesión de acuerdo con la Constitución en esta legislatura y con el mayor consenso político».

¿Qué argumentos hay en favor de la abdicación?

Los explica muy claramente Blanco Valdés: se han producido «dos cambios estructurales, no de coyuntura, que han venido para quedarse». Por una parte, «el rey ha ido agotando poco a poco el caudal de prestigio que tenía derivado de su papel decisivo en la transición, sobre todo a los ojos de los millones de españoles que no la vivieron». Eso conecta con otro factor más importante, «el gran prestigio lo había acumulado en gran medida porque había un pacto de silencio por el que las cosas que afectaban negativamente a la monarquía no se sabían y no existía la Red, que no hay quien la controle».

Esto hace que haya cambiado «el pacto histórico entre la Corona y la sociedad española y quien quiera ser rey tiene que ser consciente de que se tiene que ganar la legitimidad todos los días con un buen oficio público y una actuación prudente en el ámbito privado, pues todas las meteduras de pata que tenga se van a saber». En estas nuevas condiciones, concluye, «el rey está poco dotado para ejercer la Corona».

¿Qué precedentes históricos existen en España?

Sin remontarse a épocas más pretéritas, hay varios y todos lo han sido en el hijo mayor, a la sazón heredero de la Corona: Carlos I en Felipe II, Felipe V en Luis I, y Carlos IV en Fernando VII. En cambio, como destaca Torres del Moral, la renuncia del conde de Barcelona a sus derechos dinásticos, reconociendo como rey a don Juan Carlos, no puede ser calificada como abdicación. Por dos razones: «No se puede abdicar de lo que no se es y no se tiene, ya que Franco no restauró la monarquía, sino que impuso otra, la que quiso, y designó libremente a don Juan Carlos porque lo consideró oportuno; y, por añadidura, porque fue en un acto estrictamente privado, al que ni siquiera asistió el presidente ni ningún otro representante del Gobierno».

la sucesión en la corona

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Es partidario de que se plantee la abdicación del monarca

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La edad del rey y sus últimas actuaciones aconsejan que abdique