El hombre debe indemnizar con 200 euros a la madre. La niña se había equivocado en los deberes
26 mar 2013 . Actualizado a las 18:39 h.El juzgado de lo Penal número 3 de Jaén ha prohibido a un hombre acercarse a su hija de 10 años durante seis meses y le obliga a indemnizar con doscientos euros a la madre, por darle un bofetón a la menor por equivocarse en los deberes. La sentencia considera hechos probados que durante un fin de semana de mayo del 2011, cuando la menor se encontraba con su padre por corresponderle a éste el régimen de visitas, el acusado ayudaba a su hija a realizar los deberes y, al equivocarse la menor al hacerlos, el padre «se enfadó dando un bofetón a la menor en la cara que le causó un hematoma en el ojo izquierdo».
Por estos hechos ha sido condenado por un delito de maltrato en el ámbito familiar a la pena de 31 días de trabajos en beneficio de la comunidad, prohibición del derecho a la tenencia y porte de armas durante dos años y prohibición de aproximarse a la menor durante seis meses, así como de indemnizar a la madre de la niña, con doscientos euros, en concepto de responsabilidad civil.