Las devoluciones en caliente de inmigrantes en Ceuta y Melilla son legales, según Estrasburgo

Manuel Costoya
M. C. Cereijo REDACCIÓN

ESPAÑA

Una veintena de inmigrantes subidos a la valla de Mellilla en febrero del 2015
Una veintena de inmigrantes subidos a la valla de Mellilla en febrero del 2015 F.G. Guerrero | EFE

La Justicia europea declara que España no vulneró los derechos humanos al expulsar a dos subsaharianos

13 feb 2020 . Actualizado a las 17:22 h.

Las devoluciones en caliente de inmigrantes son legales y no vulneran derechos fundamentales. Este es el resumen de la resolución adoptada este jueves por la gran sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) que valida una política que se puso en marcha en el 2015 por el Gobierno de Mariano Rajoy y que siguió aplicando el Ejecutivo de Pedro Sánchez, alegando que cumplía la legislación vigente.

La doctrina de las devoluciones en caliente a los países de procedencia de los inmigrantes ilegales fue puesta en tela de juicio tras la demanda interpuesta por los abogados Gonzalo Boye -letrado de Puigdemont y de Torra- y Carsten Gericke en el tribunal europeo. Ambos representaban a N.D., de Mali, y N.T., de Costa de Marfil, que saltaron la valla de Melilla en agosto del 2014 junto a casi un centenar de inmigrantes ilegales. Una vez expulsados, repitieron el intento en octubre y diciembre del 2014. El primero fue reenviado a Mali y el segundo se encuentra en algún lugar de España. En el 2017 se produjo la sentencia. El tribunal consideró entonces que se produjo una expulsión colectiva contraria a la Convención Europea de los Derechos Humanos. Por ello, condenó al Estado a indemnizar con 5.000 euros a cada demandante.

El Gobierno de Rajoy recurrió la decisión y cambió la terminología. De devoluciones en caliente pasó a hablar de rechazos en frontera, porque los migrantes que saltan la valla hispano-marroquí no pisan suelo español hasta que no sobrepasen a los agentes que la custodian. A su llegada al Gobierno en el 2018, el PSOE decidió mantener el recurso interpuesto por el anterior Ejecutivo del PP, a pesar de que los socialistas se comprometieron a paralizar las devoluciones sumarias.

Ahora, la gran sala del TEDH revoca esta sentencia, contra la que no cabe recurso. En el fallo se argumenta que los dos inmigrantes, tras saltar la valla en el 2014, «se pusieron ellos mismos en una situación de ilegalidad», al acceder «a lugares no autorizados» y «recurriendo a la fuerza». Añade que los demandantes tuvieron la posibilidad «de disponer de un acceso real y efectivo al territorio español en el puesto fronterizo de Beni-Enzar», al igual que a las embajadas y consulados españoles y no lo hicieron. La sentencia fue dictada sin desacuerdo, avalada por los 17 integrantes de la gran sala del alto tribunal europeo.