Guía para orientarse en las ayudas por los incendios

Xosé Vázquez Gago
X. Gago SANTIAGO

GALICIA

José Antonio, en la cocina de su casa de A Caridade (Monterrei), que fue destruida por las llamas. La Xunta cifra en 144 las viviendas quemadas, de las que ocho eran hogares habituales y 42 eran segundas viviendas. Las demás estaban abandonadas o arruinadas antes de los incendios.
José Antonio, en la cocina de su casa de A Caridade (Monterrei), que fue destruida por las llamas. La Xunta cifra en 144 las viviendas quemadas, de las que ocho eran hogares habituales y 42 eran segundas viviendas. Las demás estaban abandonadas o arruinadas antes de los incendios. VÍTOR MEJUTO

Las subvenciones se podrán pedir desde mañana y durante un mes, tres para las de vivienda

31 ago 2025 . Actualizado a las 05:00 h.

El Diario Oficial de Galicia publicó ayer la regulación de las ayudas de la Xunta para reparar los daños de la ola de incendios de este verano, que un informe de la Axencia Galega de Emerxencias emitido el 25 de agosto califica como «situación de emergencia de naturaleza excepcional».

Las subvenciones serán aplicables a «la reparación de los daños originados por los incendios ocurridos durante el verano de 2025 en el ámbito territorial de la comunidad». No se limitan a la provincia de Ourense, la más afectada, ni a los fuegos de agosto, la peor fase de la crisis.

Las ayudas tendrán carácter subsidiario a otras coberturas de daños, pero serán compatibles con «sistemas públicos o privados, estatales o internacionales, hasta el límite del valor del daño producido». Es decir, si un seguro solo paga un parte, podrán sumarse hasta cubrir el total.

Al existir un interés «público, social y humanitario», las subvenciones se otorgarán de forma directa. Como norma general, deberán solicitarse mediante formulario electrónico en un mes a partir de mañana lunes. El plazo de las referidas a vivienda y su menaje terminará el 28 de noviembre.

Su cuantía total no está limitada por un presupuesto cerrado, sino que «se financiarán con cargo a la dotación de un fondo extraordinario», con el fin de que lleguen a todos los afectados.

¿Cómo se compensan los daños personales?

Se abonarán 87.700 euros por fallecimiento —en cuyo caso los beneficiarios serán los familiares— o incapacidad permanente absoluta. Además de 120 euros por día de hospitalización.

El plazo de solicitud de la ayuda podrá llegar al 31 de diciembre del 2026, bien por fallecimiento, declaración de la incapacidad o fin de la hospitalización. La Xunta deberá resolverla en el plazo de un mes tras la presentación.

¿Qué condiciones tienen las ayudas por vivienda?

Por una residencia habitual declarada en ruina, la ayuda llegará hasta los 132.000 euros. Podrán emplearse para reparar los daños o adquirir otro hogar si ha sido declarada en ruina.

En el caso de segundas viviendas declaradas en ruina, la ayuda llegará a 66.000 euros, tomando como referencia su valor catastral. Si es posible rehabilitarla, también se aportará un máximo de 66.000 euros.

No habrá ayudas para inmuebles que ya estuviesen en ruinas o en «abandono manifiesto» antes de la ola de incendios.

Además, se podrá solicitar una subvención para reponer el menaje doméstico. Tendrá un límite de 16.200 euros para los hogares habituales que quedasen en ruina. Si pueden ser rehabilitados, podrá llegar a 7.600 euros.

Las viviendas no habituales en ruina podrán recibir hasta 5.400 euros, con un límite del 50 % del gasto. Si solo sufrieron daños, el límite será de 3.300 euros.

En todos los casos se entenderán incluidas en la vivienda construcciones, instalaciones y elementos comunes como «pozos, hórreos, cobertizos, invernaderos para autoconsumo, instalaciones eléctricas y de iluminación, instalaciones de telecomunicaciones» y otras que estén «en el predio de la vivienda».

Las solicitudes se resolverán en orden cronológico de entrada en el plazo de un mes tras su presentación. Los beneficiarios pueden pedir anticipos de hasta el 100 %.

¿Qué llegará al sector agroganadero y forestal?

Las instalaciones agroganaderas podrán pedir ayuda para reparar bienes, maquinaria o medios de producción hasta 200.000 euros; pérdida de la producción, 75.000 euros, y compra de alimentación para los animales durante seis meses, hasta 15.000 euros. Además, la orden incluye un baremo por instalación dañada o animal muerto, que va de 1,5 euros por un gazapo de conejo a 1.600 euros por una vaca de entre año y medio y diez años. También cubre enjambres y colmenas.

El sector forestal podrá pedir fondos para reparación daños en terrenos forestales, hasta 15.000 euros; reposición de maquinaria y equipos, hasta 50.000; pérdida de madera acopiada, también 50.000, y plantaciones sustitutorias, con un máximo de 100.000.

No podrán beneficiarse de ayudas las plantaciones de eucalipto, ni aún cuando esa especie ya ocupase el terreno quemado.

Podrán pedirse anticipos del 50 % de la subvención concedida. Las solicitudes se resolverán en un plazo de dos meses tras finalizar el plazo de solicitud.

¿Y a la industria, el comercio y el turismo?

Los establecimientos comerciales, industriales, turísticos o mercantiles tendrán ayudas para edificaciones, instalaciones, maquinaria, mercancías y vehículos.

Ascenderán hasta 600.000 euros por beneficiario, pero podrán llegar a 1,5 millones si tienen un alto impacto en el empleo.

Los beneficiarios deberán mantener la actividad perjudicada al menos durante un año tras la concesión de la ayuda. Si esta superó los 600.000 euros, ese período será de tres años.

Las solicitudes se resolverán en un plazo de un mes por orden cronológico de presentación.

¿Cómo se recuperarán los terrenos cinegéticos?

Habrá ayudas para la siembra de cereales en hasta el 10 % de la superficie quemada, así como para la recuperación o reposición de infraestructuras.

La subvención a la siembra ascenderá a 650 euros por hectárea, con un límite de 30.000 euros. Las de reposición de elementos, hasta 12.000 euros por entidad.

La resolución se producirá en un plazo de tres meses tras terminar el período de solicitud. Es posible solicitar pagos anticipados.

¿Cuánto recibirán los espacios protegidos?

Podrán pedir ayuda ayuntamientos, hasta 40.000 euros, y montes vecinales, hasta 20.000, para reparaciones de áreas recreativas, instalaciones de interpretación y elementos de sendas y rutas.

El plazo de resolución es igual al de las destinadas a terrenos cinegéticos. También será posible solicitar pagos por anticipado.

¿Qué otras medidas se aplicarán a los afectados?

Ayer se amplió hasta el 30 de septiembre el plazo para presentar declaraciones, autoliquidaciones y documentación de todos los impuestos gestionados por la Axencia Tributaria de Galicia. También de las autoliquidaciones y documentación del tributo de sucesiones que no estuviesen vencidos a 28 de julio.

Se han suspendido los plazos de los trámites a todos los residentes en las zonas afectadas mientras los incendios estuviesen activos en su concello.