Irene Montero paga 18.000 euros de indemnización al hombre al que llamó «maltratador»

La Voz REDACCIÓN

ESPAÑA

Irene Montero, ministra de Igualdad
Irene Montero, ministra de Igualdad A. Pérez Meca | EUROPA PRESS

El Tribunal Supremo la condenó por apreciar vulneración del derecho al honor de Rafael Marcos, expareja de María Sevilla

23 sep 2023 . Actualizado a las 13:16 h.

La ministra de Igualdad en funciones, Irene Montero, ha pagado este viernes los 18.000 euros de indemnización que le impuso en junio el Tribunal Supremo por llamar maltratador a Rafael Marcos, exmarido de María Sevilla, expresidenta de Infancia Libre.

La Abogacía del Estado, que representa a Montero en el proceso, ha pedido al Supremo que suspenda la ejecución del resto de la sentencia —que incluye la difusión del fallo en las redes sociales de la ministra— hasta que el Tribunal Constitucional resuelva el recurso de amparo presentado por Montero. 

En junio el alto tribunal estimó parcialmente la demanda interpuesta por el exmarido de Sevilla, al apreciar una vulneración de su derecho al honor, y condenó a Montero al pago de 18.000 euros por daño moral al llamarlo maltratador durante la inauguración de la nueva sede del Instituto de las Mujeres.

«Las madres protectoras —dijo la ministra— sufren injustamente y, en muchos casos, suponiendo una vulneración de muchos de sus derechos, la criminalización y la sospecha por parte de la sociedad, cuando lo que están haciendo no es otra cosa que defenderse a sí mismas y defender a sus hijos e hijas frente a la violencia machista de los maltratadores».

El Supremo consideró que estas palabras fueron «debidamente preparadas» y subrayó que se subieron a las redes sociales de la ministra, quien «no podía desconocer que los destinatarios asociarían a la indultada con la condición de víctima de violencia de género»

Rafael Marcos denunció que Montero hizo estas declaraciones el 25 de mayo del 2022 tras conocerse que el Gobierno indultaba parcialmente a María Sevilla, condenada en el 2020 a dos años y cuatro meses de cárcel y a la pérdida de la patria potestad de su hijo por un delito de sustracción de menores de ese niño, al que no permitía acercarse a su padre.

El Ejecutivo rebajó la pena de cárcel a dos años, de manera que Sevilla no tenía que permanecer en prisión, y conmutó la retirada de la patria potestad —decretada por cuatro años— por 180 días de trabajos en beneficio de la comunidad.

Aunque el alto tribunal señaló que la razón manifestada del indulto parcial a Sevilla fue «ser una madre protectora que defiende a su hijo de la violencia machista», el indulto no tenía conexión con la violencia de género.